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3872/2014-Creación Comisión de Seguridad

REGISTRADA BAJO EL Nº 3872/2014                                                                                                                                 

VISTO:

               La reglamentación de la Policía Comunal;  y

 

CONSIDERANDO:

 

             Que, hemos participado con fecha 15-05-2013dela Audiencia Pública solicitada en materia de seguridad por más de 1.400 vecinos;

 

             Que, nuestra Ciudad fue víctima de hechos repentinos y consecutivos de inseguridad y es necesario fomentar la comunicación en búsqueda de posibles soluciones;

 

             Que, es necesario brindar la contención y las herramientas que necesitan nuestros vecinos para que no deban amedrentarse ante hechos delictivos futuros;

 

             Que, en dicha Audiencia Pública se planteó, entre otras herramientas, la importancia de la participación de los ciudadanos;

 

             Que, en virtud de la implementación de las nuevas autoridades policiales comunales es un hecho generador promover el diálogo entre los distintos niveles de gobierno;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:  

                                              

                                                         ORDENANZA

 

Artículo  1º : Créase dentro del ámbito del  H. Concejo  Deliberante  de  San Antonio  de

- - - - - - - - - - Areco, la “Comisión Permanente de Control de Seguridad del Distrito”, cuyas funciones serán colaborar en forma constante y permanente en la realización de estudios, evaluaciones y consideraciones, sobre:

 

a)    Los Planes de Seguridad implementados por el Departamento Ejecutivo;

b)    Los resultados que arrojen las medidas que se dispongan

c)    Formular sugerencias y propuestas de medidas de prevención sobre la seguridad del Partido;

d)    Propender a establecer políticas de coordinación y colaboración de todas aquellas Organizaciones y Entidades intermedias, incluyendo además al Sistema Judicial y Cuerpos Policiales.

 

Artículo 2º : La Comisión  estará  compuesta  por  un (1)  miembro de cada  Bloque  que

- - - - - - - - -  compone al  H.  Cuerpo  cada tres (3) Concejales, dos (2) miembros del Dep.

Ejecutivo, siendo el Secretario de Justicia y Seguridad y otro integrante a designar.

 

          

 

Artículo 3º :  La Comisión  establecerá  los  días  de  reunión y la forma  operativa  para

 cumplir con los objetivos propuestos y creará su Reglamento de Funcionamiento.

 

Artículo 4º:  De forma. 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los siete días del mes de mayo del año dos mil catorce.