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3927/2014-Restriccción accesos y egresos de la ciudad

                                                         REGISTRADA BAJO EL Nº 3927/2014

VISTO: 

               Las actuaciones obrantes en Expediente Administrativo Nº 4102-0448/13; y

CONSIDERANDO:

              Que resulta necesario implementar un Plan Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito;

              Que las acciones mancomunadas entre la Municipalidad de San Antonio de Areco, Policía de la Provincia de Buenos Aires y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, tiene como objetivo primordial la protección y seguridad de los habitantes de San Antonio de Areco;

             Que próximamente se pondrá en funcionamiento el Centro Operativo de Monitoreo con 10 (diez) cámaras de seguridad ubicadas en sectores estratégicos, respondiendo al mapa del delito;

             Que se encuentra en formación la Patrulla de Seguridad Ciudadana, afectando para tal función agentes civiles con personal policial que se encuentren fuera del servicio o de franco. La programación de los patrullajes estará determinada por los días y horarios que requieren mayor presencia y prevención utilizando los móviles entregados por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia debidamente identificados;

             Que para el eficaz funcionamiento del sistema de seguridad implementado a partir del Centro Operativo de Monitoreo y la Patrulla de Seguridad Ciudadana resulta necesario restringir los accesos y egresos innecesarios a la ciudad y que representen un alto riesgo para la seguridad de sus habitantes;

             Que la presente medida tendrá vigencia a partir de la promulgación de la Ordenanza que sancione el Honorable Concejo Deliberante.

 Por ello, el  Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad,  resuelve sancionar el siguiente:

                                                     ORDENANZA

Artículo 1º: Proceder  a  limitar  los  accesos de  ingreso y egreso a San Antonio de Areco y que a continuación se detallan:

1 – Conexión con Ruta Provincial Nº 41:

       a) Paso nivel de calle Petrilli y Güiraldes;

       b) Intersección de la calle Felipe Llamosas y Ruta Nº 41;

       c) Intersección de la calle Sarmiento y Ruta Nº 41;

                                                                                                                                   

 

       d) Intersección calle Orofino y Ruta Nº 41 y la diagonal a la Ruta 41 que conecta

           al Barrio Municipal y desemboca en calle Barletti

       e) Camino Monte de Durazno y Ruta Provincial Nº 41, paralelo a Ruta.

        f) Callejón ubicado entre Camino Monte de Durazno y Ruta Nº 41

Se procede al cierre por el período de 90 (noventa) días desde su efectivo cerramiento a los efectos de evaluar a través de la Comisión de Seguridad la conveniencia de la medida.

 

2 – Conexión con Ruta Nacional Nº 8:

 

a)    Intersección de la calle San Martín y Ruta Nacional Nº 8

b)    Intersección del Camino José Güiraldes y Ruta Nacional Nº 8 (km 115)

c)    Intersección de calle De Los Horneros y Ruta Nac. Nº 8 (km115,100) casero

d)    Camino vecinal que conecta Ruta 8 con Camino al Parque –Camino Ricardo Güiraldes – Pasa al costado de la Shell y asimismo la que sale a Ruta Nº 8 km 115, siguiente entrada De Los Horneros

e)    Colocación de guardarais en la intersección de Av. Smith y Ruta Nº 8

f)     Intersección Av. Smith y calle Palmer

g)    Intersección de la calle Guido y Ruta Nacional Nº 8

h)    Intersección de la calle Irigoyen y Ruta Nacional Nº 8

i)     Intersección de Ruta Nº 8 (km 112) y calle Los Aromos

j)      Intersección se calle Azcuénaga y Ruta Nº 8

k)    Intersección Ruta Nº 8 y calle Del Overo (ingreso a Bauer)

 

Artículo 2º: Proceder a dejar libre acceso a San Antonio de Areco y que a continuación se detallan:

 

1-    Camino al Parque Criollo (Caminera vieja y Ruta Nacional Nº 8)

2-    Camino Yegua Muerta y Ruta Nacional Nº 8

3-    Calle Alvear y Ruta Nacional Nº 8

4-    Calle Barletti y Ruta Nacional Nº 8

5-    Av. Dr. Durán y Ruta Provincial Nº 41

6-    Ruta Provincial Nº 31 y Av. Vieytes

 

Artículo 3º: Se solicita se le dé amplia difusión para el conocimiento de los vecinos

 

Artículo 4º: De forma.

 

 Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil catorce.