3927/2014-Restriccción accesos y egresos de la ciudad
REGISTRADA BAJO EL Nº 3927/2014
VISTO:
Las actuaciones obrantes en Expediente Administrativo Nº 4102-0448/13; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario implementar un Plan Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito;
Que las acciones mancomunadas entre la Municipalidad de San Antonio de Areco, Policía de la Provincia de Buenos Aires y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, tiene como objetivo primordial la protección y seguridad de los habitantes de San Antonio de Areco;
Que próximamente se pondrá en funcionamiento el Centro Operativo de Monitoreo con 10 (diez) cámaras de seguridad ubicadas en sectores estratégicos, respondiendo al mapa del delito;
Que se encuentra en formación la Patrulla de Seguridad Ciudadana, afectando para tal función agentes civiles con personal policial que se encuentren fuera del servicio o de franco. La programación de los patrullajes estará determinada por los días y horarios que requieren mayor presencia y prevención utilizando los móviles entregados por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia debidamente identificados;
Que para el eficaz funcionamiento del sistema de seguridad implementado a partir del Centro Operativo de Monitoreo y la Patrulla de Seguridad Ciudadana resulta necesario restringir los accesos y egresos innecesarios a la ciudad y que representen un alto riesgo para la seguridad de sus habitantes;
Que la presente medida tendrá vigencia a partir de la promulgación de la Ordenanza que sancione el Honorable Concejo Deliberante.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar el siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Proceder a limitar los accesos de ingreso y egreso a San Antonio de Areco y que a continuación se detallan:
1 – Conexión con Ruta Provincial Nº 41:
a) Paso nivel de calle Petrilli y Güiraldes;
b) Intersección de la calle Felipe Llamosas y Ruta Nº 41;
c) Intersección de la calle Sarmiento y Ruta Nº 41;
d) Intersección calle Orofino y Ruta Nº 41 y la diagonal a la Ruta 41 que conecta
al Barrio Municipal y desemboca en calle Barletti
e) Camino Monte de Durazno y Ruta Provincial Nº 41, paralelo a Ruta.
f) Callejón ubicado entre Camino Monte de Durazno y Ruta Nº 41
Se procede al cierre por el período de 90 (noventa) días desde su efectivo cerramiento a los efectos de evaluar a través de la Comisión de Seguridad la conveniencia de la medida.
2 – Conexión con Ruta Nacional Nº 8:
a) Intersección de la calle San Martín y Ruta Nacional Nº 8
b) Intersección del Camino José Güiraldes y Ruta Nacional Nº 8 (km 115)
c) Intersección de calle De Los Horneros y Ruta Nac. Nº 8 (km115,100) casero
d) Camino vecinal que conecta Ruta 8 con Camino al Parque –Camino Ricardo Güiraldes – Pasa al costado de la Shell y asimismo la que sale a Ruta Nº 8 km 115, siguiente entrada De Los Horneros
e) Colocación de guardarais en la intersección de Av. Smith y Ruta Nº 8
f) Intersección Av. Smith y calle Palmer
g) Intersección de la calle Guido y Ruta Nacional Nº 8
h) Intersección de la calle Irigoyen y Ruta Nacional Nº 8
i) Intersección de Ruta Nº 8 (km 112) y calle Los Aromos
j) Intersección se calle Azcuénaga y Ruta Nº 8
k) Intersección Ruta Nº 8 y calle Del Overo (ingreso a Bauer)
Artículo 2º: Proceder a dejar libre acceso a San Antonio de Areco y que a continuación se detallan:
1- Camino al Parque Criollo (Caminera vieja y Ruta Nacional Nº 8)
2- Camino Yegua Muerta y Ruta Nacional Nº 8
3- Calle Alvear y Ruta Nacional Nº 8
4- Calle Barletti y Ruta Nacional Nº 8
5- Av. Dr. Durán y Ruta Provincial Nº 41
6- Ruta Provincial Nº 31 y Av. Vieytes
Artículo 3º: Se solicita se le dé amplia difusión para el conocimiento de los vecinos
Artículo 4º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil catorce.