4065-15 - Sol. cesión porción de terreno - Rivadavia
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.065 / 15
VISTO:
El Expediente Nº 10.603/15; y
CONSIDERANDO:
Que el Club Social y Deportivo Rivadavia solicita mediante Expediente citado en el Visto, el uso del espacio público comprendido entre la línea municipal y la línea de postes del tendido eléctrico de la vereda sur de la calle Burgueño;
Que según informe de la Subsecretaría de Planeamiento y Urbanismo, las dimensiones de la vereda, calzada y calle, son suficientes para dar lugar a la solicitud, sin comprometer la circulación tanto peatonal como vehicular;
Que dicha Oficina, considera que para proceder a limitar ése espacio, se deberá realizar el cerramiento mediante estructura fácilmente desmontable.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Autorícese al Club Social y Deportivo Rivadavia el uso del espacio público
- - - - - - - - comprendido entre la línea municipal y la línea de postes del tendido eléctrico de la vereda sur de la calle Burgueño.
Artículo 2º : Oblíguese al Club Social y Deportivo Rivadavia a limitar ése espacio
- - - - - - - - - mediante estructura desmontable, para poder facilitar su restitución al estado actual.
Artículo 3º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil quince
B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190
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