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4070-15 - C.Recursos y Presup.Gastos 2016

                                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº 4.070 / 15

VISTO: 

               Lo prescripto en el Artículo Nº 109 de la L.O.M.;    y

CONSIDERANDO:

              La importancia para el funcionamiento de la Gestión del Gobierno Municipal, que implica la Aprobación del Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos del Ejercicio 2016;

             La vigencia del Decreto Nº 2.980/00, por el cuál se establece la Reforma para la Administración Financiera en el Ámbito Municipal (RAFAM).

Por ello, el H. Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por mayoría                        sancionar la siguiente:

                                                         ORDENANZA

Artículo 1º :Aprobar la programación de los recursos y el presupuesto analítico de gastos - - - - - - - - de la Municipalidad de San Antonio de Areco, correspondiente al ejercicio 2016, de conformidad a los alcances del Decreto Provincial 2.980/00.

Artículo 2º :  Estimar en la suma de Pesos Seiscientos veintiún millones cuatrocientos - - - - - - - - - - - -sesenta y seis mil cincuenta y ocho con 03/100 ($ 621.466.058,03) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo 6º, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:

                               

Concepto   

Importe

Ingresos Corrientes

$ 295.260.199,79

Recursos de Capital

$ 326.205.858,24

Total

$ 621.466.058,03

Artículo 3º :  Aprobar la clasificación institucional de los recursos por rubros, por la natu- - - - - - - - - - - - raleza económica y por la procedencia de los mismos, de acuerdo al detalle efectuado en las Planillas Nº 1, 2 y 3.

Artículo 4º :  El Departamento Ejecutivo podrá disponer la utilización transitoria de fondos - - - - - - - - -   para efectuar compromisos y pago de gastos, para proveer a momentáneas deficiencias de caja provocadas por la falta de coincidencia de los ingresos con los gastos o por falta o retraso de los ingresos ordinarios calculados, de conformidad a lo establecido por los Artículos 67º y 68º del Decreto Provincial 2.980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades), hasta un monto de Pesos Seis millones ($ 6.000.000-)                                                                                                                                                                                   /                                                                                                                                          / / /

/ / /  2ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.070 / 15

Artículo 5º :  Autorizar al Departamento Ejecutivo a hacer uso transitorio de recursos del - - - - - - - - - - - Municipio con afectación específica, cuando ello fuere necesario para hacer frente a apremios financieros circunstanciales, sin que su uso transitorio signifique cambios de financiación ni de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en el transcurso del ejercicio en curso o el siguiente.

Artículo 6º :  Estimar en la suma de Pesos Seiscientos veintiún millones cuatrocientos se- - - - - - - - - -    senta y seis mil cincuenta y ocho con 03/100 ( $ 621.466.058,03) el total de Erogaciones conformadas por Gastos Corrientes, Gastos de Capital y Aplicaciones Financieras del Presupuesto General de la Municipalidad de San Antonio de Areco para el Ejercicio 2016, con destino a cada una de las Jurisdicciones que se indican a continuación:

Clasificaciones

Dep. Ejecutivo

Dep. Deliberativo

 Total

Gastos Corrientes

266.220.021,80

     7.276.928,87

 273.496.950,67

Gastos de Capital

322.420.723,54

          20.493,30

 322.441.216,84

Aplicaciones Financieras

  25.527.890,52

                   0,00

   25.527.890,52

Total

614.168.635,86

     7.297.422,17

 621.466.058,03

Artículo 7º : Aprobar la clasificación institucional de los gastos por categorías programáti- - - - - - - - - - - cas por objeto hasta el nivel de Inciso en carácter limitativo y de partida principal en carácter indicativos, por finalidades y funciones, por fuente de financiamiento y por el carácter económico de los mismos, de acuerdo al detalle efectuado en las Planillas Anexas Nº 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

Artículo 8º :  Autorizar al Departamento Ejecutivo a distribuir los créditos referidos en el - - - - - - - - - - -  artículo anterior, hasta el nivel de desagregación que se estime pertinente, según los clasificadores presupuestarios vigentes por aplicación del Decreto Provincial 2.980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades).

Artículo 9º :Autorizar al Departamento Ejecutivo a comprometer fondos en la contratación - - - - - - - - -  de obras públicas, adquisición de bienes, prestación de servicios y locación de inmuebles, cuya plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero del año 2016.

Artículo 10º:Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar ampliaciones y/o modificacio-- - - - - - - - - - nes en los créditos presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza financiados con la disminución de otros créditos presupuestarios, quedando comprendidas las ampliaciones y/o modificaciones que involucren gastos corrientes y gastos de capital.

Artículo 11º: El Departamento Ejecutivo dispondrá las reestructuraciones presupuestarias - - - - - - - - -    que considere necesarias pudiendo efectuar adaptaciones, creaciones, modificaciones o bajas, a la totalidad de la estructura programática y organizativa, a las unidades ejecutoras y a las partidas del Presupuesto de Gastos y al Cálculo de Recursos del ejercicio que involucren recursos y gastos corrientes y de capital.                            / / /

/ / /  3ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº 4.070 / 15

Artículo 12º :  Aprobar una Planta de Personal de 1.122 Agentes,  incluyendo 14 Conce- - - - - - - -  jales . Dicha Planta comprende el personal de Planta Permanente y Temporario.

Artículo 13º :  El  Departamento  Ejecutivo  podrá  modificar  y  crear nuevos cargos en la - - - - - - - - Planta Permanente y Temporaria en la medida en que los considere necesarios.

Artículo 14º :  Fijar el sueldo básico del Agente Municipal categoría Inicial Agrupamiento -- - - - - - - - - -   Administrativo con jornada laboral de 40 hs. semanal (Categoría 3) en la suma de Pesos Seis mil seiscientos sesenta y cuatro ( $ 6.664,00), incrementándose en forma proporcional de acuerdo con la jornada de labor asignada para cada categoría con los incrementos que pudieran otorgarse hasta la finalización del ejercicio.

Artículo 15º : Establecer, en función de lo normado en el Artículo 125º de la Ley Orgánica - - - - - - - - - -  de las Municipalidades, la remuneración del Señor Intendente Municipal en el equivalente a 12 sueldos de la categoría inicial Agrupamiento Administrativo con jornada laboral de 40 hs. semanales (Categoría 3).

Artículo 16º : Fijar la compensación mensual del Señor Intendente Municipal en concepto - - - - - - - - - -  de  Gastos  de  Representación  en  la  suma  equivalente al  veinticinco por ciento (25%) de su sueldo básico.

Artículo 17º :El  Personal  de  Planta  Mensualizada  Contratada  gozará  de  los  mismos - - - - - - - - -   beneficios que el Personal de Planta Permanente.

Artículo 18º :  Convalidar las Obras de Infraestructura de Gestión Municipal enunciadas - - - - - - - - - en la Jurisdicción 1110144000 – Secretaría de  Planificación, Categoría Programática 27.00.00 Obras Infraestructura – Gestión Municipal y 77.76.00 Desagües Pluviales Etapa Nº 2, las cuales no integran el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos generando gastos indirectos municipales presupuestados,

25.78.00 – Limpieza Río Areco – Tramo Puente Gabino Tapia Puente Ruta 41 – Etapa I

   4.994.618,74

25.79.00 – Construcción Montaje Red Alerta Temprana Cuenca Río Areco

   1.980.000,00

25.80.00 – Construcción Represas Río Areco

  250.000.000,00

77.76.00 – Desagües Pluviales Cuenca Esta Etapa Nº 2

  89.088.979,10

Total

346.063.597,84

Artículo 19º :  Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.

                                                                                                                                           / / /

/ / /  4ª                                                                       REGISTRADA BAJO EL Nº 4.070 / 15

Artículo 20º :  De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil quince.   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                     

 

                                B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                                                       http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.