4181-17 - Proy. Ord. Placas
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.181/17
VISTO:
Que resulta un inadecuado hábito colocar, en los edificios públicos a inaugurar y/o reinaugurar, cuya construccion o reparacion se financia por intermedio del Estado nacional, provincial y/o muncipal, placas con la nómina de las autoridades en ejercicio y,
CONSIDERANDO:
Que los edificios u obras públicas pertenecen al pais y no a un gobierno o funcionario en particular;
Que las autoridades nacionales, provinciales o municipales son transitorias en un Estado democrático;
Que dicho Estado es el único propietario de los edificios u obras y es el pueblo en su conjunto quien lo sustenta con sus contribuciones y obligaciones;
Que esta larga tradicón se torna innecesaria, nominando en placas las autoridades de turno;
Que no se trata de un “gesto patriotico” inaugurar un edificio colocando placas identificatorias de las autoridades intervinientes, sino que es uno de los tantos actos de gobierno;
Que la posteridad no se logra instituyendo a los funcionarios de turno en una nomina, ya que una obra debe trascender a las personas y a los personalismos;
Que existen antecedentes en otros paises de esta medida donde los jefes de Estado han prohibido que su nombre sea usado en placas, espacios publicos o calles de las ciudades cuando estos se encuentren en ejercicio;
Que lo mencionado en lo Considerandos precedentes no obsta ni impide denominar a dichos edificios con un nombre de alguna personalidd o procer;
Que por lo antedicho, ese aspecto se seguira rigiendo por la Ordenanza vigente en este sentido;
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por mayoría, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º:No se permitirán , en todo edificio público y/o espacio público que se inagurenen todo el Partido de San Antonio de Areco, la colocacion de placas o cualquier otro tipo de identificacion en la que constennomina de autoridades en ejercicio de sus funciones y con mandato cumplido, ya sean nacionales, provinciales y/o municipales., que intervengan o hayan intervenido en la inauguracion, construccion, financiamiento o donacion de dicho/s establecimientos.-
/ / / 2ª REGISTRADA BAJO EL Nº 4.181 / 17
Artículo 2º: Las placas que se coloquen serándiseñadas por la OTM correspondiente ----------------- de acuerdo a parametros de diseño acorde a las caracteristicas estéticas de la localidad, respetando lo prescripto en el Articulo 1º de la presente y aprobadas por el Concejo Deliberante con mayoría especial.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los doce días del mes de enero del año dos mil diecisiete .
B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190
http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.