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4181-17 - Proy. Ord. Placas

                                                                               REGISTRADA BAJO EL Nº  4.181/17

 

VISTO:

             Que resulta un inadecuado hábito colocar, en los edificios públicos a inaugurar y/o reinaugurar,  cuya construccion o reparacion se financia por intermedio del Estado nacional, provincial y/o muncipal, placas con la nómina de las autoridades en ejercicio y, 

 

CONSIDERANDO:

 

             Que los edificios u obras públicas pertenecen al pais y no a  un gobierno o funcionario en particular;

 

             Que las autoridades nacionales, provinciales o municipales son transitorias en un Estado democrático;

 

             Que dicho Estado es el único propietario de los  edificios u obras y es el pueblo en su conjunto quien lo sustenta con sus contribuciones y obligaciones;

 

             Que esta larga tradicón se torna innecesaria, nominando en placas las autoridades de turno;

 

             Que no se trata de un “gesto patriotico”  inaugurar un edificio colocando placas identificatorias de las autoridades intervinientes,  sino que es uno de los tantos actos de gobierno; 

 

             Que la posteridad no se logra instituyendo a los funcionarios de turno en una nomina, ya que una obra debe trascender a las personas y a los personalismos;

 

             Que existen antecedentes en otros paises de esta medida donde los jefes de Estado han prohibido que su nombre sea usado en placas, espacios publicos o calles de las ciudades cuando estos se encuentren en ejercicio;

 

            Que lo mencionado en lo Considerandos precedentes no obsta ni impide  denominar a dichos edificios con un nombre de alguna personalidd o procer; 

 

            Que por lo antedicho, ese aspecto se seguira rigiendo por la Ordenanza vigente en este sentido;

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por mayoría, resuelve sancionar la siguiente:

                                                        ORDENANZA

 

Artículo 1º:No se permitirán , en todo edificio público y/o espacio público que se inagurenen todo el Partido de San Antonio de Areco, la colocacion de placas o cualquier otro tipo de identificacion en la que constennomina de autoridades en ejercicio de sus funciones y con mandato cumplido, ya sean nacionales, provinciales y/o municipales., que intervengan o hayan intervenido en la inauguracion, construccion, financiamiento o donacion de dicho/s establecimientos.-   

                                                           

/ / /  2ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.181 / 17

 

Artículo 2º:  Las placas que se coloquen serándiseñadas por  la OTM correspondiente -----------------  de acuerdo  a parametros de diseño acorde a las caracteristicas estéticas de la localidad, respetando lo  prescripto en el Articulo 1º de la presente y aprobadas por el Concejo Deliberante con mayoría especial.

Artículo 3º:  De forma.

 

                       

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los doce días del mes de enero del año dos mil diecisiete .

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.