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4213-17 - Decl. Jurada Patrimonial Func. Municipales

                                                                            REGISTRADA BAJO EL Nº  4.213 / 17

 

VISTO:

             La necesidad de emitir normas que transparenten aún más la gestión Pública Municipal;  y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188, constituyó el marco normativo del legislador municipal para la sanción;

 

            Que resulta imprescindible contar con una herramienta que permita proteger al Estado Municipal, de modo que sus integrantes procedan con la observancia y los principios y pautas éticas propias de un funcionario público;

 

            Que la declaración jurada de bienes resulta un instrumento óptimo para lograr los objetivos propuestos en la presente Ordenanza.            

             

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por mayoría, resuelve sancionar la siguiente:

                                                    ORDENANZA

 

Artículo1º :  Establézcase  en  el  Partido  de  San  Antonio  de  Areco  con  carácter   de

----------------  obligatoriedad, la presentación de una declaración jurada patrimonial de los funcionarios del Departamento Ejecutivo, del Concejo Deliberante y del Poder Juducial local. La misma será solicitada a partir del  ejercicio 2016.

 

Artículo 2º :  Estarán  comprendidos  en la  presentación de la  declaración jurada de sus

----------------  bienes, los siguientes funcionarios:

a)    Intendente

b)    Concejales

c)    Secretarios, Sub Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo

d)    Secretario del Concejo Deliberante

e)    Contador Municipal

f)     Tesorero Municipal

g)    Jefe de Compras Municipal

h)    Jueces de Faltas y de Paz.

i)     Secretarios de Juzgados de Faltas y de Paz.

j)      Delegados Municipales

k)    Directores de Sociedades con participación del Municipio

l)      Miembros de la Subsecretaría de Inspección Municipal e Inspectores de cualquier área del Municipio

m)  Encargado de Áreas de Licitaciones y Contrataciones

n)    Rector de la UNSADA

 

Artículo 3º :  La  Declaración  Jurada  deberá  presentarse ante la Dirección de Recursos

----------------  Humanos del Municipio, y ante el Concejo Deliberante, Las mismas se archivarán en el legajo personal de cada funcionario.                                                       / / /

 

/ / /  2ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.213 / 17

 

 

Artículo 4º :  La Declaración Jurada deberá contener una nómina detallada de todos los

----------------  bienes, propios del declarante, propios de su cónyuge, los que integren la sociedad conyugal, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de su hijos menores, en el país o en el extranjero. En especial se detallarán los que se indican a continuación:

a)    Bienes inmuebles, y las mejoras que se hayan realizado sobre dichos inmuebles;

b)    Bienes muebles registrables;

c)    Otros bienes muebles, determinando su valor en conjunto. En caso que un de ellos supere la suma de pesos diez mil ($ 10.000,-) deberá ser individualizado.

d)    Capital invertido en títulos, acciones y demás valores cotizables o no en Bolsa, en explotaciones personales o societarias;

e)    Monto de los depósitos en Bancos u otras entidades financieras, de ahorro y provisionales, nacionales o extranjeras, tenencias de dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera. En sobre cerrado y lacrado deberá indicarse el nombre del banco o entidad financiera de que se trate y los números de las cuentas corrientes, de cajas de ahorro, cajas de seguridad y tarjetas de crédito y las extensiones que posea. Dicho sobre será reservado y sólo deberá ser entregado a requerimiento de la autoridad judicial.

f)     Créditos y deudas hipotecarias, prendarias o comunes;

g)    Ingresos y egresos anuales derivados del trabajo en relación de dependencia o del ejercicio de actividades independientes y/o profesionales;

h)    Ingresos y egresos anuales derivados de rentas o de sistemas previsionales. Si el obligado a presentar la declaración jurada estuviese inscripto en el régimen de impuestos a las ganancias o sobre bienes personales no incorporados al proceso económico, deberá acompañar también la última presentación que hubiese realizado ante la Dirección General Impositiva;

i)     En el caso de los incisos a), b),c) y d) del presente artículo, deberá consignarse además el valor y la fecha de adquisición, y el origen de los fondos aplicados a cada adquisición.

 

Artículo 5º :  Las Declaraciones Juradas deberán presentarse, en el plazo de 60 días a

----------------- partir de la asunción en el cargo. Como así también deberán efectuarla al concluir en sus funciones. Estas deberán actualizarse anualmente al 31 de diciembre y deberán ser presentadas antes de la finalización del mes de febrero de cada año.

 

Artículo 6º :  El carácter  de  las  Declaraciones  Juradas  es  público, por tal motivo, toda

----------------  persona podrá acceder a tal información. Para peticionarla, el solicitante deberá presentarse en la Mesa de Entradas municipal con su identificación personal. Cumplido éste requisito, el acceso a la información es gratuito e irrestricto. También se publicará en las respectivas páginas de Internet del Municipio, la nómina de funcionarios que han dado cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, como aquellos que incumplieron a la misma.

 

                                                                                                                                          / / /

 

 

/ / /   3ª                                                                     REGISTRADA BAJO EL Nº  4.213 / 17

 

Artículo 7º :  En el caso que el funcionario no cumpla con la presentación en los plazos

----------------  establecidos, sin causa justificada y previa intimación en forma fehaciente por la autoridad responsable de la recepción por un plazo de quince (15) días, será  considerado falta grave y podrá descontársele hasta un(1) día de sus haberes o dieta por cada día de retraso en la presentación. Esto sin perjuicio a las sanciones disciplinarias establecidas en el Capítulo X y subsiguientes del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias – Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Artículo 8º :  Las personas que no hayan presentado su Declaración Jurada al egresar de

----------------  la función pública en el plazo correspondiente, serán intimadas en forma fehaciente para que lo hagan en un plazo de quince días. Si el intimado no cumpliere con la presentación de la Declaración, no podrá ejercer nuevamente la función pública, sin perjuicio de las otras sanciones que pudieren corresponder.

 

Artículo 9º :  Las sanciones del artículo precedente serán aplicadas respectivamente por

----------------- el Sr. Intendente Municipal o por el Sr. Presidente del Concejo Deliberante según corresponda.

 

Artículo 10º: Las personas que accedan a las Declaraciones Juradas Patrimoniales de la

----------------  presente Ordenanza no podrán utilizarlas:

a)    Con propósito comercial, exceptuada para la difusión del público en general;

b)    Cualquier propósito ilegal;

c)    Para solicitar dinero con fines políticos, benéficos o de otra índole.

 

Artículo 11º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a diseñar el formulario de Declaración

----------------- Jurada, manteniendo los parámetros de la presente Ordenanza.

 

Artículo 12º: De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. .