4272-17 - Desafectación ingresos -Prog. Tierras
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.272 / 17
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 4102-1635/17, las Ordenanzas Nº 3.880/14 y su modificatoria, Ordenanza Nº 3.970/15; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 3.880/14 se autorizó al Departamento Ejecutivo a efectuar las operaciones a Título de Venta de los inmuebles detallados en la misma, en el marco del “·Programa Tierras”;
Que, el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 3.880/14 establece que el cien (100%) por ciento de lo recaudado será afectado exclusivamente al Banco de Tierras Municipales constituido por Ordenanza Nº 2.844/04 y Nº 2.892/04, pudiéndose afectar hasta un treinta (30%) por ciento a obras de infraestructura y subdivisión de los lotes;
Que, los fondos recaudados por la venta de los inmuebles mencionados son percibidos mediante el siguiente Rubro de Recurso, 1411100 – Venta según Ordenanza Nº 3.880/14 – Programa Tierras;
Que, a la fecha existen saldos de fondos en el recurso detallado, que se encuentran inmovilizados;
Que, atento al transcurso del tiempo y ante la necesidad de evitar la desvalorización de los fondos percibidos es necesario hacer uso de los mismos;
Que, para hacer uso de los fondos es imprescindible desafectar los saldos remanentes percibidos a la fecha y desafectar los fondos a percibir;
Que, los fondos percibidos y a percibir por la venta de terrenos contemplados en la Ordenanza Nº 3.880/14 serán destinados, entre otros, a gastos generados por la Agencia Municipal de Hábitat:
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por mayoría, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º : Desaféctense los saldos remanentes percibidos y los fondos a percibir por la
---------------- venta de terrenos del “Programa Tierras” autorizadas mediante Ordenanza Nº 3.880/14 y 3.970/15.
Artículo 2º : Autorizase al Departamento Ejecutivo y por medio de él, a las Oficinas
--------------- Técnicas de Tesorería y Contaduría, a efectuar las transferencias y ajustes necesarios a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo anterior. / / /
/ / / 2ª REGISTRADA BAJO EL Nº 4.272 / 17
Artículo 3º : De forma
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete
B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190
http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.