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4292-17 - Arbolado Público s- calzada vehicular

                                                                               REGISTRADA BAJO EL Nº  4.292 / 17

 

VISTO:

             La falta total de arbolado público en calles Alsina y Arellano entre Mitre y Guido; la Carta de Washington (ICOMOS 1887);     y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que, es necesario reforestar el Casco Histórico y mejorar el Arbolado Público Urbano con Árboles Nativos;

 

            Que, las aceras existentes de éstas calles, no tienen las dimensiones mínimas necesarias para la coexistencia de servicios, arbolado público y espacio para transeúntes;

 

            Que, es una prioridad aumentar la superficie de absorción del suelo en zonas céntricas, para lograr disminuir el volumen de agua de escurrimiento;

 

            Que, en dichas calles es importante limitar la velocidad de circulación de los vehículos y fomentar el uso de medios de transporte más sustentables, priorizando además al peatón;

 

           Que, los árboles servirán además, de protección y defensa para comercios y transeúntes que circulen por la acera;

 

           Que, las calles son bienes de dominio público del Estado Municipal, conforme al Artículo 235, inciso “f” del Código Nacional Civil y Comercial;

 

           Que, corresponde al Departamento Deliberativo lo atinente al trazado, construcción y conservación de las calles, la conservación de paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico e histórico (Artículo 27, inc. 18 . D. L. 6769/58);

 

          Que, es atribución de éste Cuerpo reglamentar el tránsito de personas y vehículos públicos y privados en las calles y caminos de la jurisdicción municipal, atendiendo en especial a los conceptos de prevención, ordenamiento y seguridad, así como en particular lo relativo a la circulación y estacionamiento. (Artículo 27, inc. 18 D. L. 6769/58);

 

          Que, es de público conocimiento la importancia medioambiental y de conservación, de aumentar la sombra y reducir la temperatura ambiente a través de la reforestación Urbana;

 

          Que, debemos continuar ampliando el Plan de Reforestación Urbana con Árboles Nuevos.

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelva por mayoría, sancionar la siguiente :

 

                                                       ORDENANZA

                                                                                                                                       / / /

 

/ / / 2ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.292 / 17

 

 

Artículo 1º :  Autorícese al  Departamento Ejecutivo Municipal a desarrollar, en todos sus

---------------  términos, un proyecto de Arbolado Público y ensanche de veredas, para las calles Alsina y Arellano entre las calles B. Mitre y Guido, que proponga la generación del espacio necesario para la correcta implantación de especies de Jacarandá mimosifolia y mobiliario urbano sin que interfieran con las redes de infraestructura existente.

 

Artículo 2º :  El proyecto deberá contemplar todos los  principios y  recomendaciones  de

----------------  los tratados y cartas internacionales  relativas a la conservación de ciudades históricas y áreas urbanas históricas, así como a los de conservación y restauración de monumentos y sitios.

 

Artículo 3º :  Toda  intervención  que  se  proyecte  deberá  poseer  el  mayor  grado  de

----------------  grado de reversibilidad posible, evitando causar alteraciones o cambios en la estructura histórica básica.

 

Artículo 4º :  Una vez  realizado  el proyecto, que deberá contar con l a aprobación  de  la

----------------  Comisión de Preservación Patrimonial, el Departamento Ejecutivo Municipal, deberá ponerlo en debido conocimiento del Concejo Deliberante.

 

Artículo 5º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.

 

              

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.