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4073-16 - Contrato Locación Tiro Fed. y Municipalidad

                                                                                 REGISTRADA BAJO EL Nº 4.073 / 16

 

VISTO:

              El Expediente Administrativo Nº 4102-1246/15;  y

 

CONSIDERANDO:

 

             Que por Ley Nº 13.482 se previó la descentralización y desconcentración operativa de la Policía de la Provincia de Buenos Aires;

 

            Que por Decreto Nº 373/14. el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires procedió a la creación de la Superintendencia de Seguridad Local;

 

            Que por Resolución Nº 835/14 se crearon las Unidades de Policía de Prevención Local;

            Que el 25 de septiembre de 2014 se firmó el Convenio de Adhesión entre la Secretaría de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Ministro de Seguridad Don Alejandro Santiago Granados y la Municipalidad de San Antonio de Areco, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Francisco Durañona (Expediente Administrativo Nº 4102-1148/14) ;

 

            Que para el funcionamiento operativo de la Policía Local resultaba indispensable contar con un espacio físico y que por razones de ubicación y comodidad se optó por el edificio del Tiro Federal Argentino de San Antonio de Areco;

 

           Que a tales fines se firmó el Contrato de Locación entre el Tiro Federal Argentino de San Antonio de Areco representado por su Presidente Jorge Eduardo FERNANDEZ, su Vicepresidente Guillermo Oscar GIACOMANTONE, su Tesorero Marcelo Adrián BASCOURLEIGUY, y/o su Prosecretario Andrés Eduardo ABRAMOVICH y los Vocales Juan Miguel MERCANTE y los Comisarios de Tiro Roque A. AYALA y Raúl VENTURELLI y la Municipalidad de San Antonio de Areco, representada por el Sr. Intendente Dr. Francisco DURAÑONA;

 

           Que el locador cede al Municipio las instalaciones donde funciona su Sede Social del Club con el objetivo de destinarlo exclusivamente a la instalación de la Estación de Policía Local de San Antonio de Areco, quedando expresamente prohibido darle otro uso distinto al establecimiento;

 

           Que el Municipio asume la obligación de informar y llevar a cabo las gestiones que pudieran corresponder, garantizando el cumplimiento efectivo de la normativa vigente administrada por el RENAR y REPAR en el marco de la Ley 26.216 promulgada el 11 de enero de 2007.

 

           Que el plazo del presente Contrato de Locación es de tres (3) años, contados a partir del día 15 de agosto de 2015, venciendo en consecuencia el día 14 de agosto de 2018, abonando la suma total de Pesos Cuatrocientos cincuenta mil trescientos cinco con setenta y cuatro centavos ($ 450.305,74). El Locador otorga un plazo de gracia de los  / / /

/ / /  2ª                                                                       REGISTRADA BAJO EL Nº 4.073 / 16

 

 primeros 4 meses a partir de la firma del presente, en atención a las obras de refacción y remodelación que deberá realizar el Locatario.

 

             Que las partes podrán optar por prorrogar el alquiler, al vencimiento del plazo originariamente pactado, por uno o dos períodos de tres (3) años, pactándose de común acuerdo el nuevo canon locativo debiendo el Locatario en caso de hacer uso de la misma, comunicar su decisión al Locador con una antelación no menor a sesenta días de la fecha de finalización  del presente, en cuyo caso las partes suscribirán la documentación pertinente.

 

Por ello, el H. Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve emitir la siguiente:

 

                                                      ORDENANZA

 

Artículo 1º :  Convalidase el Contrato de Locación suscripto entre el Tiro Federal Argenti-

- - - - - - - - -   no de San Antonio de Areco representado por su Presidente Jorge Eduardo FERNANDEZ, su Vicepresidente Guillermo Oscar GIACOMANTONE, su Tesorero Marcelo Adrián BASCOURLEIGUY, y/o su Prosecretario Andrés Eduardo ABRAMOVICH y los Vocales Juan Miguel MERCANTE y los Comisarios de Tiro Roque A. AYALA y Raúl VENTURELLI y la Municipalidad de San Antonio de Areco, representada por el Sr. Intendente Dr. Francisco DURAÑONA.

 

Artículo 2º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                      B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                          http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.