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4095-16 - Ceder esp. público a C.Dep.SanPatricio

 

                REGISTRADA BAJO EL Nº  4.095 / 16

 

VISTO:

               El espacio verde, libre y público cedido por Plano Nº 95-39-83 lindante a la Parcela denominada catastralmente como : Circunscripción II; Sección R; Parcela 39 F, la cual se encuentra destinada al uso de diferentes actividades sociales, deportivas, recreativas e institucionales que se llevan a cabo por parte del Centro Deportivo San Patricio de ésta Ciudad de San Antonio de Areco;  y

 

CONSIDERANDO:

 

              Que de acuerdo a la ubicación en zona inundable del inmueble arriba designado, el mismo no reúne las condiciones óptimas para ser destinado al uso de espacio público;

 

              Que es de sumo interés para el Departamento Ejecutivo Municipal, promover las actividades sociales, deportivas, recreativas, culturales e institucionales en todo el Partido;

 

              Que resulta conveniente promover el mantenimiento y correcto uso de dicho espacio con el fin de mejorar la salubridad de la Comunidad;

 

              Que para ello, es intención de éste Departamento Ejecutivo, otorgar dicho espacio habida cuenta lo dispuesto en el Artículo 1.533 del nuevo Código Civil y Comercial, y lo establecido por el Decreto Ley Nº 9.533/80 referido al Régimen de los Inmuebles de Dominio Público y Municipal.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

 

                                                          ORDENANZA

Artículo 1º :  Autorícese al Departamento Ejecutivo a otorgar en comodato, el uso gratui-

- - - - - - - - -   to del espacio verde, libre y público cedido por Plano Nº 95-39-83 lindante a la parcela denominada catastralmente como: Circunscripción II; Sección R; Parcela 39 F de San Antonio de Areco, al Centro Deportivo San Patricio, según Plano que forma parte constitutiva del presente contrato,

 

Artículo 2º :  El plazo de la presente estará determinado por el máximo previsto por el

- - - - - - - - -   Régimen de los Inmuebles del Dominio Municipal y Provincial (Decreto Ley 9.533/80), procurándose su renovación hasta alcanzar un lapso total de veinticinco (25) años contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza Municipal.

 

Artículo 3º :  El  bien  ut-supra  dado  en  comodato  se otorga  exclusivamente  para  el - - - - - - - - - - - desarrollo social, deportivo, recreativo, cultural, y/o institucional del Centro Deportivo San Patricio  o futuros comodatarios. En el caso de que la Institución beneficiaria de la presente desee ejecutar obras de infraestructura necesarias para el desarrollo normal de las actividades, deberá contar con la aprobación previa de la OTM municipal y los permisos provinciales y nacionales que correspondan, debiendo           / / /

 

 

/ / /  2ª                                                                       REGISTRADA BAJO EL Nº 4.095 / 16

 

presentar toda la documentación técnica conforme a la legislación y normativa vigente. Las mismas tendrán carácter de no permanentes pudiendo restituirse el predio a su estado original vencido el plazo establecido en el Artículo 2º de la presente.

El H. Concejo Deliberante deberá autorizar la cesión de espacio a todo nuevo comodatario.

 

Artículo 4º :  Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal la instrumentación del

- - - - - - - - -   respectivo contrato, a fin de determinar las condiciones de preservación y mantenimiento del área en condiciones óptimas, con el objeto de proceder a un uso racional y deportivo del espacio antes descripto conforme los intereses propugnados arriba mencionados.

 

Artículo 5º :  De forma.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                    B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

                          http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.