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2332/2001-Estacionamiento en emprendimientos turísticos

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2332/2001

23.04.01

 

ADMINISTRATIVA

ESTACIONAMIENTO

RESTRICCIONES

 

VISTO:

Que resulta necesario impulsar medidas que favorezcan la actividad turística en nuestro Distrito y;

 

CONSIDERANDO:

Que en los últimos años el sector privado ha realizado importantes inversiones en hotelería y restaurantes, ampliando casi al doble la disponibilidad de plazas;

Que desde el gobierno municipal se debe acompañar el esfuerzo con iniciativas que tiendan a favorecer el crecimiento del sector en lo que respecta a servicios.

 

Artículo 1: Autorízase a los propietarios de emprendimientos comerciales habilitados como hoteles o similares y restaurantes que presenten servicios al turista, a gestionar ante el Departamento Ejecutivo la correspondiente autorización para la colocación de señales de estacionamiento exclusivo, para ascenso y descenso en una dimensión de hasta cinco (5) metros, frente a sus respectivos domicilios comerciales.

 

Artículo 2: La señalización respectiva estará a cargo de los propietarios de los establecimientos, permitiéndose el pintado del cordón sobre la mano de estacionamiento, según normas vigentes, y la colocación de carteles con la siguiente leyenda: "Uso Exclusivo ...... Ordenanza Nº ......".

 

 

Artículo 3: Para extender la correspondiente autorización, el Departamento Ejecutivo deberá tener en cuenta en cada lugar las características del mismo, de manera que no perjudique a los demás vecinos frentistas, especialmente cuando se superpongan entradas a garajes particulares.