2332/2001-Estacionamiento en emprendimientos turísticos
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2332/2001
23.04.01
ADMINISTRATIVA
ESTACIONAMIENTO
RESTRICCIONES
VISTO:
Que resulta necesario impulsar medidas que favorezcan la actividad turística en nuestro Distrito y;
CONSIDERANDO:
Que en los últimos años el sector privado ha realizado importantes inversiones en hotelería y restaurantes, ampliando casi al doble la disponibilidad de plazas;
Que desde el gobierno municipal se debe acompañar el esfuerzo con iniciativas que tiendan a favorecer el crecimiento del sector en lo que respecta a servicios.
Artículo 1: Autorízase a los propietarios de emprendimientos comerciales habilitados como hoteles o similares y restaurantes que presenten servicios al turista, a gestionar ante el Departamento Ejecutivo la correspondiente autorización para la colocación de señales de estacionamiento exclusivo, para ascenso y descenso en una dimensión de hasta cinco (5) metros, frente a sus respectivos domicilios comerciales.
Artículo 2: La señalización respectiva estará a cargo de los propietarios de los establecimientos, permitiéndose el pintado del cordón sobre la mano de estacionamiento, según normas vigentes, y la colocación de carteles con la siguiente leyenda: "Uso Exclusivo ...... Ordenanza Nº ......".
Artículo 3: Para extender la correspondiente autorización, el Departamento Ejecutivo deberá tener en cuenta en cada lugar las características del mismo, de manera que no perjudique a los demás vecinos frentistas, especialmente cuando se superpongan entradas a garajes particulares.