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1974/1997-Traslado parada de colectivos

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 1974/1.997

1974

4.11.97

ADMINISTRATIVA

TRANSPORTE

PARADAS

COLECTIVOS CORTA Y MEDIA

 

VISTO:

El Expediente Nº 3763/97 mediante el cual se tramita el traslado de la parada de colectivos de corta y media distancia de su actual emplazamiento en las inmediaciones de la Plaza Ruiz de Arellano; y,

 

CONSIDERANDO:

Los distintos ofrecimientos surgidos en las tramitaciones pertinentes, entre las que se destacan las realizadas por el Club Atlético Huracán, el Señor Gerardo Fabián Marincovich y el Señor Horacio Ramón Lucci;

Que de las evaluaciones realizadas por las Comisiones de Peticiones, Poderes y Reglamentos y Obras Públicas del H. C. Deliberantes, surge como la más viable la presentación formulada por el Señor Gerardo Fabián Marincovich, según se desprende del despacho de fecha 29-10-97; teniendo en cuenta que el parador existente en Avda. Doctor Smith y General Paz, propiedad de la mencionada firma reúne las condiciones necesarias para una mejor atención de los usuarios de los servicios de transporte de pasajeros, en una zona de la ciudad lindante con la Ruta Nacional Nº 8 y lo suficientemente cercana a la zona céntrica;

Que el traslado aludido debe considerarse como una medida coyuntural, hasta tanto la Municipalidad se aboque definitivamente a la instalación de una Terminal donde se concentre todo el movimiento de colectivos de corta, media y larga distancia que hacen su paso por San Antonio de Areco;

Que urge tomar decisiones con la finalidad de dar respuesta a los usuarios, ya que actualmente el lugar de emplazamiento no cuenta con servicios esenciales tales como baños, confitería, expendio de pasajes, lugar de reparo contra las inclemencias del tiempo, etc., lo que perjudica enormemente a la Comunidad.

Artículo 1: Trasládese a partir del 01-12-97 la parada de colectivos de corta y media distancia actualmente emplazada en la intersección de las calles Bartolomé Mitre y Arellano, al parador existente en la Avenida Doctor J.A. Smith y General Paz de San Antonio de Areco, propiedad del Señor Gerardo Fabián Marincovich.

Artículo 2: Dispónese que el propietario de la nueva parada deberá prestar el servicio aludido con el local abierto como mínimo en el horario de 5 a 24 h, a los efectos de garantizar al público usuario la plena satisfacción de sus necesidades en lo que se refiere a uso de sanitarios, expendio de pasajes y servicio de bar, los trescientos sesenta y cinco días del año.

Artículo 3: Solicítase al Departamento Ejecutivo tenga a bien disponer la reglamentación de la presente Ordenanza, según lo prescripto en el artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, para lo que deberá determinar que los colectivos que actualmente ingresan a la ciudad (Empresas: El Vasco, Rodríguez, Escalada, San José y el Rápido Argentino) puedan tener un recorrido adecuado para únicamente permitir el descenso y ascenso de pasajeros en las inmediaciones de la Plaza Ruiz de Arellano, con parada final en el lugar dispuesto en el artículo 1º de la presente Ordenanza.

 

Artículo 4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, al Señor Gerardo Fabián Marincovich y a las empresas prestatarias del servicio mencionadas en el artículo 3º y dese amplia difusión del contenido de la presente.