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2535/2002-Permiso precario transporte urbano

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2535/2.002.-

2535

10.9.02

ADMINISTRATIVA

TRANSPORTE URBANO

PERMISO PRECARIO

 

VISTO:

La solicitud presentada por la Sra. Edith Mermet de Carissimo, y que diera origen al expediente administrativo Nº 4102-1457-M/O1, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, es intención de la solicitante reanudar el servicio de transporte automotor de pasajeros en el éjido urbano de San Antonio de Areco.

Que, la actual situación socio-económica le impide cumplir con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 1.577/95.

Que, existe un compromiso expreso de habilitar el transporte de pasajeros, de acuerdo, a las disposiciones vigentes-

Que, hasta tanto se regularice la situación del peticionante, es necesario otorgar un permiso precario que permite la circulación del colectivo de transporte de pasajeros.

 

 

Artículo 1º: Otórgase, con carácter de excepción, a la Sra. Edith Mermet de Caríssimo un permiso precario, por 30 (treinta) días, para la circulación de un colectivo de transporte de pasajeros en el ejido urbano de San Antonio de Areco, a partir del día 12 de Agosto de 2002 hasta el 12 de Setiembre de 2002, fecha en que deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes, caso contrario, se procederá de acuerdo al Decreto Ley Nº 16.378/57 y su Decreto Reglamentario Nº 6.864/58.