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3899/2014-Convenio para colocación de cámaras

                                                              REGISTRADA BAJO EL Nº 3899/2014

VISTO:

              Las actuaciones obrantes en los Expedientes Administrativos Nº 4102-1187/12 y Nº 9.506/11 del H. C. D.;  y            

CONSIDERANDO:

              Que, la Municipalidad de San Antonio de Areco ha procedido a suscribir el Convenio Marco de Cooperación con el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires con fecha 14 de febrero de 2011;

              Que, el mismo ha sido convalidado por Ordenanza Nº 3.648/11 y que tiene por objeto la instalación de diez (10) cámaras de seguridad y una sala de monitoreo de las mismas, con soporte técnico y civil necesario para su puesta en funcionamiento;

               Que, las mismas fueron adjudicadas a la empresa “Global Data Internacional S.R.L.” según Licitación Privada Nº 3/11, actuaciones obrantes en Expediente Administrativo Nº 4102-0116/11 y Nº 9.506/11 del H. C. D.;

               Que, con fecha 25 de agosto de 2011 se suscribió Convenio adicional incrementando el número de cámaras en 5 (cinco) a las ya existentes, de acuerdo a las pautas y especificaciones contenidas en el Convenio Marco oportunamente suscripto;

               Que, el mismo ha sido convalidado por la Ordenanza Nº 3.730/12 sancionada por el H. Concejo Deliberante el día 12 de noviembre de 2012 y Decreto de Promulgación Nº 1.066;

               Que, con fecha 03 de junio de 2.014 el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Antonio de Areco, acuerdan celebrar una Addenda al Convenio Adicional de Cooperación para la Implementación del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el Territorio Bonaerense, incorporándose 5 (cinco) cámaras a las ya existentes e incrementándose así el número a 10 (diez) cámaras;

               Que, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires coordinará y supervisará la ejecución del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el Territorio Bonaerense;

               Que, es voluntad del Departamento Ejecutivo impulsar las acciones que sean necesarias en pos de la protección de la vida, seguridad y bienestar de los ciudadanos.

Por ello, el  Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, resuelve por unanimidad sancionar la siguiente:

 

                                                   ORDENANZA

 

Artículo 1º: Convalidar la Addenda al Convenio Adicional de Cooperación para la implementación del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el Territorio Bonaerense celebrado entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Antonio de Areco, el día 03 de junio de 2014 por instalación de diez (10) Cámaras de Seguridad a las ya existentes en el Partido de San Antonio de Areco.

Artículo 2º: De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil catorce.