3931/2014-Exención de tasas municipales a Tiro Federal
REGISTRADA BAJO EL Nº 3931/2014
VISTO:
Lo solicitado por la institución Tiro Federal Argentino de San Antonio de Areco; y
CONSIDERANDO:
Que, el Tiro Federal Argentino del Partido de San Antonio de Areco registra deudas de períodos fiscales anteriores al 2014, de la Tasa por Servicios Urbanos por inmuebles de su propiedad y de la Tasa por Inspección Seguridad e Higiene;
Que las deudas registradas al 31/12/2013 no corresponden ser cobradas, tratándose de una institución de bien público, que debieron ser eximidas en los períodos correspondientes, en concordancia con las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes en cada uno de los períodos en cuestión;
Que ésta Institución realiza una importante labor cultural y de recreación para la Comunidad, lo que resulta de interés para éste Cuerpo, promoviendo la participación de actividades recreativas y culturales;
Que el Tiro Federal SADA ha sido declarado Lugar Significativo mediante Ordenanza Nº 2.795/04;
Que es potestad exclusiva del H. Concejo Deliberante proceder a condonar las deudas de los contribuyentes de acuerdo a las atribuciones otorgadas por la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la L.O.M. en el ejercicio de las facultades que le son privativas.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Condónense las deudas que registra el Tiro Federal Argentino del Partido de San Antonio de Areco en la Tasa de Servicios Urbanos para los períodos01/2005 al 12/2013 y de la Tasa de Seguridad e Higiene para los períodos comprendidos entre 01/2005 al 12/2013.
Artículo 2º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil catorce.