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4045-15 - Convenio con Dir. Vialidad Prov Bs.As.

                                                          REGISTRADA BAJO EL Nº 4.045 /15

 

VISTO:

               El Expediente Administrativo Nº 2410-515/2013 de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y el Expediente Administrativo Nº 4102-0476/2013;  y

 

CONSIDERANDO:

 

               Que resulta esencial para el mejoramiento de los caminos que componen la red vial del Distrito de San Antonio de Areco la realización de aquellos trabajos que permitan asegurar la transitabilidad de los mismos;

 

               Que en el Expediente Administrativo Nº 2410-515/21013, propiciado por el Municipio de San Antonio de Areco y la Dirección de Vialidad, consta el Convenio – de foja Nº 4 a foja Nº 8 – mencionando, cuya finalidad es la necesidad de la iniciación urgente de los trabajos pactados, para efectuar tareas en caminos de la red vial rural del Distrito de San Antonio de Areco;

 

               Que en razón de lo precedentemente expuesto se hace necesario obrar en un todo de acuerdo a lo pautado por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58) cuando expresa  “.... corresponde al Concejo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales... “

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad resuelve sancionar la  siguiente:

 

                                                     ORDENANZA

 

Artículo 1º :  Convalidase el  Convenio  firmado  entre la  Dirección  de  Vialidad  de  la

- - - - - - - - -   Provincia de Buenos Aires, representada por el Ingeniero Marcelo Omar NEGRELLI, a cargo del Departamento Zona II Morón y el Señor Gerente Ejecutivo Ingeniero Jorge Luis RIPANI “Ad referéndum” de la Señora Administradora General Ing. Patricia TOMBESSI y el Municipio de San Antonio de Areco, representado por el Intendente Dr. Francisco DURAÑONA, para realizar tareas en caminos de la red vial rural del Distrito de San Antonio de Areco.

 

Artículo 2º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los siete días del mes de octubre del año dos mil quince.

 

 

 

 

 

 

               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                               http://www.areco.gob.ar/hcd/  - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.