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4185-17 - Convenio Urbanis. Sres. Deacon y Scoufalos

                                                                                 REGISTRADA BAJO EL Nº  4.185 / 17

 

VISTO:

            El Decreto Ley 8.912/77, su Decreto Reglamentario Nº 1549/83, la Ley Nº 10.707 de Catastro de la Provincia de Buenos Aires, la Disposición Técnico Registral Nº 1 del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, el Código de Ordenamiento Territorial para el Partido de San Antonio de Areco, el Expediente Nº 4102-1282/15, el Expediente Nº 10802/16, el Plano Nº 95-23-2010, el Plano Nº 95-05-2014, la Ordenanza Nº 3880/14;   y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que la regularización y aprobación de los planos de mensura y subdivisión presentados ante esta Municipalidad, y la respectiva determinación de áreas destinadas a espacios verdes y reservas para equipamiento comunitario constituyen una tarea crucial para un efectivo ordenamiento territorial;

 

            Que el Estado Municipal, es el encargado de proyectar la ubicación y creación de espacios verdes y reservas para equipamientos comunitarios, de acuerdo con las normas provinciales que lo avalan, a saber: Dec. Ley Nº 8912/77, su Dec. Reglamentario Nº 1549/83 y en particular, la Disposición Técnico Registral Nº 1, emanada del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, que determina la obligación en el ámbito municipal de sancionar Ordenanzas que recepten cesiones de tierra;

 

            Que entre el Municipio y los Sres. SCOUFALOS, Catalina y DEACON, Raúl Ricardo se celebró un Convenio Urbanístico mediante el cual, a los efectos de dar continuidad a la trama urbana, se ha procedido a la permuta del espacio verde y público oportunamente cedido por el Plano Nº 95-23-2010, por las porciones necesarias para la apertura de la calle y ochavas según lo que surge del Expediente Nº 4102-1282/15;

 

            Que el precitado Convenio Urbanístico fue convalidado mediante Ordenanza Nº 4076/16 dictada por el Concejo Deliberante;

 

            Que por Decreto Municipal Nº 1092/16 se aprobó el visado del Plano de mensura, unificación, división, anexión y cesión de calle, de acuerdo a lo convenido con los Sres. SCOUFALOS, Catalina y DEACON, Raúl Ricardo;

 

            Que a los fines de proceder a la regularización dominial de las cesiones mutuas efectuadas corresponde proceder a la desafectación del espacio verde público cedido oportunamente al Municipio y restituido a los Sres. SCOUFALOS, Catalina y DEACON, Raúl Ricardo mediante Convenio Urbanístico convalidado por el Cuerpo Legislativo, identificado según Plano Nº 95-23- 2010 como Circ. I, Secc. C, Qta. 67, Mza. 67c, Parcela 9;

            Que el Decreto Ley Nº 8912/77, en su Art. Nº 60 y 61, prevé la posibilidad de permutar los espacios verdes por otros bienes de similares caracterísicas a los efectos de satisfacer localizaciones superadoras respecto al destino establecido;

                                                                                                                                          / / /

 

/ / / 2ª                                                                     REGISTRADA BAJO EL Nº  4.185 / 17

 

               Que es factible el canje del espacio verde a desafectar mediante la afectación de un 50% de la superficie de la parcela designada catastralmente como : Circ. I, Secc.C, Qta. 5; Pc. 1;

 

               Que en este sentido, el espacio verde a permutar se encuentra en una zona inundable, y que, por lo tanto, su afectación a favor de este Municipio garantiza la no ocupación del mismo, de acuerdo a los preceptos y criterios establecidos por el Código de Ordenamiento Territorial vigente.

 

Por ello, el Concejo  Deliberante  de  San  Antonio  de  Areco, por unanimidad ,  resuelve sancionar la siguiente:

                                                            ORDENANZA

                                                                               

Artículo 1º :  Desaféctese como espacio verde y público, la Parcela identificada catastral-

---------------    mente como : Circ. I, Secc. C, Qta. 67, Mza. 67c, Parcela 9, la cual surge del plano de mensura, división y cesión de calles Nº 95-23-2010.

 

Artículo 2º :  Aféctese como espacio verde y público, el 50% de la superficie correspon-

-----------------  diente a la Parcela identificada como : Circ. I, Secc. C., Qta. 5, Pc. 1, conforme el ANEXO I, el cual es parte integrante de la presente.

 

Artículo 3º :  Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los actos necesa-

----------------   ríos para la respectiva inscripción a favor de los Sres. SCOUFALOS; Catalina y DEACON, Raúl Ricardo del espacio que oportunamente le fue cedido por Convenio Urbanístico convalidado mediante Ordenanza Nº 4076/16.

 

Artículo 4º :  Procédase a la apertura de la calle y ochavas en cuestión, conforme lo que

----------------   surge del ANEXO I, integrante de la presente Ordenanza.

 

Artículo 5º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.