4188-17 - Acept. Munic. de tierras p-esp. verde - Bauer
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.188 / 17
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 4102-1464/16, el Decreto Ley Nº 8912/77, la Ley Nº 10.707 de Catastro de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que en vistas a lograr una regulación y control efectivos de aprobación de planos de mensura y subdivisión, junto a las cesiones obligatorias pertinentes con destino a espacios verdes y reservas para equipamiento comunitario, que se tramitan ante ésta Municipalidad;
Que en ése sentido, es competencia municipal exigir y regularizar las cesiones de tierra que por el Decreto Ley 8912/77 resultan ser obligatorias para los particulares que desean subdividir sus inmuebles;
Que a tal fin es necesario según lo establecido por la normativa vigente, que el Concejo Deliberante local sancione Ordenanza de aceptación de las tierras que resultan ser cedidas obligatoriamente a la Municipalidad con el fin de lograr la inscripción y su posterior incorporación al dominio público municipal;
Que mediante Plano Nº 95-03-2013 presentado por los Sres. Bauer, Horacio Alberto y Chikiar, Irene Ruth, se aprobó proyecto de mensura y subdivisión que contiene la creación del inmueble con nomenclatura Circ.I, Secc. C, Qta. 60, Pc. 6f, con destino a espacio verde, libre y público;
Que según el Artículo 3º, Decreto Ley Nº 9.533/80, las cesiones obligatorias previstas por el Decreto Ley 8912/77 se entienden completadas una vez aprobado el Plano respectivo;
Que en ése marco y una vez aprobado el Plano, corresponde a la Municipalidad iniciar ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires el trámite de inscripción de las parcelas cedidas a nombre del Municipio y su consecuente incorporación al dominio público municipal;
Que a tal fin, es necesaria la sanción de una Ordenanza de aceptación de las tierras cedidas a los efectos de incluirla en el trámite de inscripción ante la Escribanía General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo Nº 24 del Decreto Ley Nº 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades
Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad , resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA / / /
/ / / 2ª REGISTRADA BAJO EL Nº 4.188 / 17
Artículo 1º : Acéptese la cesión sin cargo efectuada por los Sres. Bauer, Horacio Alberto
---------------- y Chikiar, Irene Ruth, de la parcela denominada catastralmente como:
Circ. I, Secc. C, Qta. 60, Pc. 6f, ubicada en calle Ruiz de Arellano de San Antonio de Areco, según Plano de Mensura Nº 95-03-2013.
Artículo 2º : Autorícese a confeccionar minuta de inscripción de las parcelas menciona-
---------------- das en los términos de la Disposición Técnico Registral Nº 26/2016.
Artículo 3º : Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los trámites
---------------- pertinentes de inscripción registral ante la Escribanía General de Gobierno
De la Provincia de Buenos Aires y el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 4º : La Municipalidad de San Antonio de Areco tomará posesión de la parcela
---------------- descripta en el Artículo 1º, a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.
Artículo 5º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190
http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.