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4210-17 - Beneficios p-Veteranos Malvinas

                                                                                REGISTRADA BAJO EL Nº  4.210 / 17

VISTO:

             La inquebrantable necesidad de homenajear a nuestros héroes  de la Guerra de Malvinas y continuar legislando en su honor y reconocimiento a fin de mantener viva nuestra historia;   y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que la valoración de nuestros héroes que participaron del conflicto bélico en Malvinas, es y deberá seguir siendo por siempre una actitud permanente de reconocimiento por parte del Estado y la Sociedad toda;

 

            Que nuestro Concejo Deliberante ha sancionado Ordenanzas a fin de mantener activa la memoria del Pueblo sobre las Islas Malvinas, y brindar reconocimiento hacia nuestros compatriotas afectados heroicamente con el acontecimiento Histórico del año 1982 frente a la invasión de tropas del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;

 

            Que existen Leyes Nacionales y Provinciales que otorgan beneficios a ex combatientes en materia de seguridad social, vivienda, homenajes y otros;

 

            Que una de las formas de reconocer la gesta de Malvinas y recordar la actitud valiente de nuestros Veteranos es fortalecer la construcción de nuestra memoria colectiva;

 

            Que resulta necesario adecuar la legislación municipal a principios fundamentales de reconocimientos de derechos a aquellas personas de nuestra Comunidad, que han contribuido con valentía y coraje a la defensa de la Soberanía Nacional, comprometiendo hasta su propia vida por los compatriotas;

 

           Que semejante acto de entrega desinteresado, debe reconocerse de todas las maneras posibles;

 

           Que no sólo es necesario reconocer el valor de nuestros combatientes de Malvinas como verdaderos héroes de la Patria sino además destacar su rol actual de ciudadanos de nuestra Comunidad:

            

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

                                                         ORDENANZA

 

Artículo 1º:  Tendrán derecho a los beneficios que otorga la presente Ordenanza:

 

a)    Civiles y ex soldados conscriptos que participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el espacio aéreo, marítimo y territorial de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur entre el 2 de abril de 1982 y el 14 de junio de 1982.

 

b)    Oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hubieran estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.).                                                                                                             / / /

 

/ / /  2ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.210 / 17

 

c)    El cónyuge y descendientes en primer grado de los civiles, ex soldados, conscriptos, oficiales y suboficiales a que hacen referencia los incisos que anteceden, que hubieren fallecido en la contienda o posteriormente.

 

En todos los casos que prevé el presente artículo, los beneficiarios deben acreditar haber nacido en San Antonio de Areco o tener una residencia no menor a 10 años y deberán acreditar su condición mediante presentación de certificado expedido por la máxima autoridad militar donde conste participación en el Combate de Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, rubricada por el Ministerio de Defensa de la Nación Argentina y las correspondientes partidas de casamiento, nacimiento, según corresponda.

 

Artículo 2º : Los descendientes directos en primer grado de las personas mencionadas

----------------  en el artículo 1º tendrán prioridad para cubrir las vacantes que se produzcan en la Administración Pública Municipal, siempre que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y cumplan con los requisitos establecidos por la legislación vigente.

  

Artículo 3º :  Los establecimientos municipales de educación incluirán en los planes de

----------------  estudio de las materias correspondientes, el tema de la gesta de las Islas Malvinas  y el conflicto desarrollado en el Atlántico Sur en 1982, con el objetivo de concientizar a las generaciones futuras acerca de los pormenores de ese hecho histórico. Para ello, se invitará a nuestros ex combatientes que así lo deseen a brindar su propio testimonio de ese acontecimiento.

 

Artículo 4º :  A los efectos de hacer valer la prioridad establecida en el artículo preceden-

----------------  te, el peticionante deberá prestar ante el organismo correspondiente solicitud de empleo o notificar por escrito su voluntad de incorporación.

 

Artículo 5º :  Las personas mencionadas en el artículo 1º incisos a y b que carecieran de

----------------  vivienda propia, como así también sus descendientes directos en primer grado tendrán derecho de prioridad en igualdad de condiciones con el resto de los postulantes, en los diversos programas de acceso a la tierra y/o vivienda que implemente la Agencia de Hábitat Municipal, debiendo destinarse a tal fin con exclusividad, no menos del 20% sobre el total de terrenos o viviendas contemplados en los programas hasta alcanzar la totalidad.

 

Artículo 6º :  Los descendientes directos en primer y segundo grado de las personas enu-

----------------  meradas en el artículo 1º incisos a y b tendrán la prioridad para el ingreso a cualquier nivel de enseñanza en establecimientos educativos municipales ya sea universitario, secundario, primario, jardín o maternal.

 

Artículo 7º :  Tendrá derecho a los beneficios dispuestos por el artículo 56º inciso 3 de la

----------------- Ordenanza Fiscal la cónyuge supérstite de las personas enumeradas en el artículo 1º incisos a y b, debiendo incorporarse esta modificación a la Ordenanza Fiscal vigente y a las que en lo sucesivo se dicten.

                                                                                                                                        / / /

 

/ / / 3ª                                                                       REGISTRADA BAJO EL Nº  4.210 / 17

 

Artículo  8º :  Dispóngase a través del Poder Ejecutivo Municipal la determinación de un

-----------------  espacio de tierra de manera gratuita en el Cementerio Municipal para la construcción de nichos para el descanso de los restos de las personas enumeradas en el artículo 1º incisos a y b. Así mismo no tendrán costo los gastos de sepelio y/o inhumación.

 

Artículo  9º :  Constrúyase, desde el área técnica municipal correspondiente, una estruc-

-----------------  tura monolítica en nombre, memoria y honor de todos los veteranos de Malvinas fallecidos.

 

Artículo 10º:  Autorícese el cambio de nombre de calle al segmento comprendido en el

-----------------  Boulevard  Alsina  entre la calle Lavalle y el  Boulevard  Zerboni el cual se

designará como “Boulevard Héroes de Malvinas” debiendo adecuarse en consecuencia la señalética existente.

 

Artículo 11º:Constrúyase, desde el área técnica municipal correspondiente, una escultura

---------------- en el Boulevard mencionado en el artículo 10º en nombre, memoria y honor de todos los veteranos de Malvinas.

 

Artículo 12º: Autorizase   al   Departamento   Ejecutivo   a   realizar   las    adecuaciones

----------------- presupuestarias pertinentes para el cumplimiento de lo determinado en los artículos 7º, 8º, 9º, 10º y 11º.

 

Artículo 13º:  Comuníquese al Departamento Ejecutivo e invítese a los Municipios de la

-----------------  Provincia de Buenos Aires a adherir a estos postulados y a adoptar, en consecuencia, las medidas tendientes a la efectiva aplicación de los mismos en sus respectivos ámbitos.

 

Artículo 14º:  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los quince días del mes de mayo del año dos mil diecisiete

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.