Imprimir

4232-17 - Convenio Urbanístico IRAZÚ

                                                                              REGISTRADA BAJO EL Nº  4.232 / 17

 

VISTO:

             Las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo Nº 11.328/17 y 4102-0650/17;  y

 

CONSIDERANDO:

                                                

           Que ésta Municipalidad suscribió un Convenio con los Señores María Amelia Irazú, Nora Elisa Noto, Luis Héctor Jesús Noto, Delia Susana Irazú y José María Irazú, con el fin de establecer un Consorcio Urbanístico sobre el inmueble denominado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Quinta 67, Parcela 1ª, según Plano 95-47-77, Partida Inmobiliaria 2510, con una superficie de 2 ha 47 as 14 cas, ubicado en calle Burgueño entre Av. Durán y Martínez de la localidad de San Antonio de Areco;

 

          Que dicho Convenio establece obligaciones para ambas partes en torno a la subdivisión, ejecución de obras de infraestructura y su consecuente urbanización, contenido ello en un Proyecto Urbanístico integral que permite de ésta manera lotes para los vecinos de nuestra Ciudad con espacios verdes y públicos y la provisión de infraestructura de servicios en el Partido de San Antonio de Areco;

 

          Que es necesario que el Concejo Deliberante local de tratamiento al mencionado Convenio para su convalidación.

 

          Que en tal sentido, resulta necesario elevar el presente Proyecto al mencionado Cuerpo Deliberativo.       .            .

           

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

                                                        ORDENANZA                                                            

 

Articulo 1º :  Convalídese  en  todos  sus  términos  el  Convenio  que  tiene  por objeto la

----------------  ejecución del Proyecto Urbanístico del predio denominado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Quinta 67, Parcela 1ª, ubicado en la calle Burgueño entre Av. Durán y Martínez de la localidad de San Antonio de Areco.

 

Artículo 2º : Previo a proceder a consolidar el loteo, se deberá dar cumplimiento a toda la

---------------- normativa vigente aplicable para todo emprendimiento y en particular sobre el sector dado las condiciones del mismo.

 

Artículo 3º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los doce días del mes de julio del año dos mil diecisiete.

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.