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4255-17 - Mercado Concentrador Municipal

                                                                                REGISTRADA BAJO EL Nº  4.255 / 17

 

VISTO:

              La gran cantidad de productores familiares existentes en la localidad de San Antonio de Areco;   y

 

CONSIDERANDO:

 

              Que es necesario darle un marco normativo que permita la comercialización formal de estos productos;

 

              Que es de vital importancia fortalecer las economías familiares;

 

              Que San Antonio de Areco como destino turístico es receptor de miles de visitantes que buscan productos “caseros” y tradicionales;

 

              Que es objetivo del Gobierno Municipal fortalecer el consumo de cercanía;

 

              Que la venta directa beneficia a las familias que pueden comprar mejores productos a un precio más justo;

 

              Que se han realizado con éxito tanto en la cabecera de la Ciudad como en las localidades la venta de productos mediante Ferias de Productores.

            

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

                                                 

                                                     ORDENANZA

                                                    

Artículo 1º :  Créase el Mercado Concentrador Municipal  a cargo de la Secretaría de

----------------   Desarrollo.

 

Artículo 2º :  Se considerará Mercado Concentrador al conjunto de puestos que pueden

----------------   ser fijos o móviles que funcionan como una unidad, en lugar autorizado por la Municipalidad y fiscalizado por la misma, de retiro obligatorio a la finalización del horario establecido.

 

Artículo 3º :  Autorícese el uso del espacio público de la Plaza Néstor Kirchner para todos

----------------  los segundos sábados de cada mes, a partir de la sanción de la presente Ordenanza.

 

Artículo 4º :  Los  horarios  de  entrada  y  salida  del  Mercado  serán  establecidos por la

----------------  Secretaría de Desarrollo.

 

                                                      TÍTULO II

 

                                            De los Puestos de Venta                                                      / / /

 

 

/ / /  2ª                                                                     REGISTRADA BAJO EL Nº  4.255 / 17

 

Artículo 5º : La OTM correspondiente deberá realizar un plan de organización y ubicación

---------------- de cada puesto de venta, teniendo en cuenta las necesidades y dimensiones de cada uno.

 

Artículo 6º : Cada  participante  tendrá  adjudicado  un  espacio  para ubicar su puesto, el

----------------  cual podrá ser reasignado o reubicado cada seis (6) meses.

 

Artículo 7º : La Municipalidad  proveerá luz eléctrica y un tablón con sus respectivos

---------------- caballetes  para cada uno de los puestos que la soliciten.

 

Artículo 8º : Los puestos de venta  deberán  ser  armados con una anticipación no mayor

---------------- de una hora fijada para su comienzo, ubicándose en el lugar asignado.

 

Artículo 9º : Al finalizar el horario del mercado, los  puestos  y  la mercadería deberán ser

---------------  retirados con la mayor rapidez y dejarán su puesto y espacio en perfecto estado de limpieza, en un lapso no mayor a una hora.

 

Artículo 10º: Cada puesto exhibirá, en un lugar visible, su  Licencia de  Venta (referido en

-----------------  el siguiente título), el que deberá contar al menos el apellido, nombre, y una foto 4x4 del titular, así como el número de licencia.

 

 

                                                      TITULO III

 

                                               De los participantes

 

 

Artículo 11º :  Solicítese a la OTM correspondiente abrir un Registro de Participantes del

-----------------    Mercado Concentrador Municipal, el cual se mantendrá actualizado.

 

Artículo 12º : Podrán participar de dicho Mercado los integrantes del Mercado Artesanal,

-----------------  la Feria de Artesanos, el Mercado Concentrador de Villa Lía, los Camiones para Todos de lácteos, pescados, pastas; emprendedores, los dueños de comercios o empresas y cualquier ciudadano que cuente con los requisitos de la presente Ordenanza.

 

Artículo 13º : Requisitos:  Cada  uno  de  los vendedores deberá presentar para ser parte

-----------------  del registro, lo siguiente:

·        Nombre del Titular y suplente del puesto de venta, con  sus fotocopias de DNI y CUIL correspondiente;

·        Solicitud de inscripción, emitida por el Municipio, en donde se incluirán los datos personales, domicilio de la unidad productiva y rubro al que se dedicará;

·        Libreta Sanitaria;

·        Monotributo o ser responsable inscripto;

·        Listado de productos a vender con su respectivo precio;

·        Acreditar el curso de manipulación de alimentos.

                                                                                                                             / / /

/ / /  3ª                                                                     REGISTRADA BAJO EL Nº  4.255 / 17

 

Artículo 14º :  Cada  vendedor  recibirá  por  parte  de  la  Secretaría  de  Desarrollo   una

------------------  Licencia de Venta, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos presentes en esta Ordenanza, la cual deberá presentar cada día que participe del Mercado.

 

Artículo 15º :  El  Titular  de  la  Licencia  podrá  designar  a  una  o  más personas que lo

------------------  acompañen en la atención al público, los que deberán cumplir también con las disposiciones de la presente Ordenanza.

 

Artículo 16º :  Es responsabilidad de todos los vendedores estar bien presentados en lo

------------------  que respecta al aseo personal, guantes para la manipulación de alimentos y limpieza del sector donde está comercializando sus productos.

 

        

                                                       TITULO IV

 

            Derechos y obligaciones de los concesionarios de puestos de venta

 

 

Artículo 17º :  Los vendedores deberán:

 

·        Estar en posesión de la licencia de venta otorgada;

·        Usar los puestos únicamente para la venta de los productos habilitados a vender;

·        Conservar en buen estado los puestos, obras e instalaciones utilizadas;

·        Ejercer la venta ininterrumpidamente durante las horas señaladas;

·        Contribuir a la limpieza, conservación y vigilancia del mercado;

·        Dotar al puesto de los recipientes necesarios para el almacenamiento de la basura durante el horario de venta;

·        Cumplir con el Reglamento de Convivencia (Anexo I);

·        Resolver los conflictos de manera pacífica y ordenada, existiendo siempre el respeto por sus compañeros de venta o agentes municipales;

·        Confirmar su asistencia en el tiempo establecido;

·        No consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas durante el horario de venta;

 

 

                                                        TÍTULO V

 

                                          De los productos a la venta

 

 

Artículo 18º :  Podrán  ponerse  a  la  venta  cualquier  producto   o   artículo   comestible,

-----------------   artesanías, que cumpla con las normas  de higiene, deberán ser de reconocida calidad y ajustarse a las normas de aptitud y presentación que al efecto determine la OTM correspondiente.                                                                                / / /

 

/ / /  4ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.255 / 17

 

Artículo 19º :  Queda prohibido la tenencia de cualquier variedad de animal doméstico en

------------------  los puestos.

 

Artículo 20º :  Queda prohibido el faenamiento de animales para su venta en los lugares

------------------  o puestos de feria.

 

Artículo 21º :  Las carnes que se expendan deberán ser de primera calidad y sujetos a

------------------  controles sanitarios, quedando prohibido la venta de carnes tipificadas como de conservas, conservadas en una heladera o freezer que conserve la temperatura correspondiente.

 

Artículo 22º :  Las hortalizas y verduras deberán ser exhibidas, frescas y limpias para su

-----------------   venta.

 

Artículo 23º :  Los quesos, fiambres y dulces que se expendan de manera fraccionada,

------------------  exhibirán los productos en fiambreras protegidas por tela mosquitero.

 

Artículo 24º :  Los productos envasados deberán tener una etiqueta en la que se aclare

------------------  tipo de producto, nombre del productor, precio, fecha de elaboración y de vencimiento y peso en gramos.

 

Artículo 25º : Todos los productos que requieran la conservación en un lugar frío deberán

----------------- estar conservados en una heladera o freezer  a la temperatura correspondiente.

 

Artículo 26º :  El precio de los productos tendrá que ser unificado, es decir no deberá

------------------  existir variación de precios de un producto determinado, en los distintos puestos, debiendo previamente la OTM correspondiente facilitar la lista de precios previamente consensuada entre los vendedores, siendo menor al del precio en los comercios de nuestra Localidad.

 

Artículo 27º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antoni de Areco, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.