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4093-16 - Declar. de Util.Púb.y suj. a Expropiac.

 

                REGISTRADA BAJO EL Nº  4.093 / 16

 

VISTO:

               La necesidad de profundizar y/o ampliar las obras de infraestructura que morigeren el impacto de los fenómenos pluviales que afectan a un importante sector del casco urbano de la ciudad cabecera del Distrito de San Antonio de Areco, tal como la denominada Cuenca Zona Este;   y

 

CONSIDERANDO:

 

              Que se encuentra en plena etapa proyectual la 3ª etapa de las obras de desagües pluviales previstas para la zona en cuestión;

 

              Que la construcción de un Reservorio Hídrico, en áreas ya deprimidas y no aptas para el desarrollo urbanístico, puede contribuir a minimizar los perniciosos efectos de las grandes lluvias;

 

              Que en éstos casos debe primar el interés general de la totalidad  de los vecinos del Distrito de San Antonio de Areco;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por mayoría, resuelve sancionar la siguiente:

                                                       ORDENANZA    

Artículo 1º :  Decláranse  de  Utilidad  Pública  y  Sujetas  a  Expropiación  a  dos  (2)

- - - - - - - -fracciones de terrenos, propiedad de la firma Rossi y Mateu Sociedad Anónima, Comercial e Industrial, ubicadas entre las calles Madre Sabina Petrilli, Carlos María Martínez, José C. Burgueño y Av. Güiraldes de la ciudad cabecera del Distrito de San Antonio de Areco, las que resultan catastralmente denominadas como: Circunscripción I; Sección C; Quinta 69; Parcelas Nº 1 (la cual posee una superficie de 36.792 m2.) y Nº 2 (la cual posee una superficie de 21.187 m2.), para ser afectadas a facilitar el adecuado funcionamiento de la obras denominada Desagües Pluviales Zona Cuenca Este – Etapa III y el posterior recupero y saneamiento hídrico de las parcelas mencionadas, a fin de que, de ser saneadas, puedan ser volcadas total o parcialmente a resolver la problemática habitacional del distrito.

 

Artículo 2º :  Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar, por intermedio

- - - - - - - - - - de sus correspondientes áreas, y por ante las Autoridades y/u Organismos  Provinciales competentes, las tramitaciones administrativas de rigor a in de dar debido cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.

 

Artículo 3º :  De forma.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

 

                                    B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                          http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.