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4122-16 - Sol. prohibir estacion. en calle Pte.Perón

                                                                                 REGISTRADA BAJO EL Nº  4.122 / 16

VISTO:

              El constante incremento del flujo de tránsito en la calle denominada Presidente Perón;  y

              

CONSIDERANDO:

 

              Que en la traza de camino que va desde la Ruta Nacional Nº 8 y la Av. Sr. Smith, denominada Presidente Perón el incremento del tránsito vehicular se acrecienta, toda vez que es acceso a nuestra localidad;

 

              Que lo manifestado aumenta notariamente los fines de semana y los feriados atento a la afluencia de turistas;

 

              Que si bien se extendió la onda verde de los semáforos, como una manera de mitigar los problemas de circulación de vehículos, ésta medida no fue suficiente para evitar los embotellamientos que se producen atento a que queda muy poco espacio para circular debido a que se estacionan autos en ambas manos de la mencionada calzada;

 

               Que para evitar los inconvenientes y tomar medidas que morigeren posibles causas de accidentes, se torna necesario prohibir el estacionamiento en ambas manos de la citada calle, medida que coadyuvará a que quede libre para el tránsito de vehiculos.

              

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

                                                        ORDENANZA

 

Artículo 1º :  Prohíbase el estacionamiento de todo tipo de vehículos en ambas manos de

- - - - - - - - -   la calle Presidente Perón, desde la Ruta Nacional Nº 8 hasta la Avenida Dr. Smith de ésta localidad.

 

Artículo 2º : Tal prohibición operará todos los días, tanto en horario diurno como nocturno

- - - - - - - - -   sin excepción.

 

Artículo 3º :  Procédase a la señalización de ésta traza de camino que indique el nombre

- - - - - - - - -   de dicha calle y la prohibición de estacionamiento impuesta en la presente Ordenanza así como también, a través del área pertinente del P.E.M. se informe a la ciudadanía los alcances de la presente.

 

Artículo 4º :  Deróguese todo otra norma que se oponga a la presente.

 

Artículo 5º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los tres días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                    B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-45 5190

                          http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.