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4127-16 - Sol. inf. demolición baños costanera

                                                                                REGISTRADA BAJO EL Nº  4.127 / 16

VISTO:

               Que en el denominado “Plan de Manejo Hídrico de la Cuenca del Río Areco” se analizaron, mediante distintos sistemas de modelación matemática, los efectos en los niveles de agua, practicando la generación de obras sobre el cauce en el tramo comprendido entre las compuertas y el Puente Gabino Tapia;

 

               Que dichas obras consistían en la ampliación del cauce sobre la margen izquierda en el sector precedentemente aludido, eliminando las compuertas y el balneario, enlazando los tramos aguas arriba (salida del Puente Viejo) y aguas debajo de las mismas determinándose que “...efectuando un análisis comparativo de niveles, se puede apreciar  que ésta alternativa genera niveles menores de inundación en todo el tramo y en todo el rango de caudales probados, es importante recalcar que ésta alternativa toma como base, todas las mejoras planteadas con anterioridad y en particular el aliviador en el Puente Viejo...”;

 

               Que por lo precedentemente expuesto se inició oportunamente la supresión de sanitarios ubicados en el sector Costanero “Aquiles Pazzaglia” acompañando el ítem “Demolición de Obras Existentes” previsto en la obra hídrica por entonces en ejecución – ahora paralizada – denominada “Adecuación del Cauce del Río Areco – Tramo Puente Viejo / Puente Gabino Tapia” llevada a cabo por la empresa Usimix SRL, contratista de la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas (DiPSOH), dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, corriendo éstas actuaciones bajo el Expediente Nº 2406-261/2015;

 

               Que el edificio perteneciente a los referidos sanitarios no resulta, en modo alguno, compatible con la tipología de construcciones actualmente previstas en sectores costaneros afectados por los continuos desbordes del Río Areco;

 

               Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha solicitado al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la provisión de financiamiento necesario en el marco del denominado “Fondo de Infraestructura Provincial” a los efectos de desarrollar nuevos sanitarios en un todo de acuerdo a las normativas vigentes;

 

               Que se encuentra prevista la realización de un Concurso Nacional de Proyectos, organizado por el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires – Distrito V, con asiento en la localidad de Mercedes, y la Municipalidad de San Antonio de Areco, a presentarse durante el desarrollo de la VII Bienal de Arquitectura a llevarse a cabo en ésta localidad los días 3, 4 y 5 del próximo des de setiembre, que incluye intervenciones en todo el sector aludido;

 

               Que en razón de lo precedentemente expuesto se hace necesario, obra en un todo de acuerdo a lo pautado por el Artículo 27º (ítem Nº 24) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Texto según Decreto Ley Nº 9117/78) cuando expresa que corresponde a la función deliberativa municipal  reglamentar “...la construcción, ampliación, modificación, reparación y demolición de edificios públicos y privados, así como también sus partes accesorias...”                                                                                                   / / /  

 

/ / /  2ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.127 / 16                     

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por mayoría resuelve sancionar la siguiente:

 

                                                     ORDENANZA

 

 

Artículo 1º :  Convalidase la  supresión de los  bloques  sanitarios  ubicados en el  sector

- - - - - - - - -   Costanero “Aquiles Pazzaglia” acompañando el ítem “Demolición de Obras Existentes” previsto en la obra hídrica por entonces en ejecución – ahora paralizada – denominada “Adecuación del Cauce del Río Areco- Tramo Puente Viejo / Puente Gabino Tapia” llevada a cabo por la Empresa USIMIX SRL, contratista de la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas (DiPSOH), dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.

 

Artículo 2º :  De forma.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                    B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-45 5190

                          http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.