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4131-16 - Implementación Policía Local en SADA

                                                                                REGISTRADA BAJO EL Nº  4.131 / 16

 

VISTO:

              Los Expedientes Administrativos Nº 1.148/14, 10.434/14 de C.D. y 21.100-241.077/14 del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires;  y

 

CONSIDERANDO:

 

             Que el 25 de septiembre de 2014 se firmó el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local  suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Antonio de Areco representada por el Intendente Municipal – Dr. Francisco Durañona;

 

             Que dicho Convenio fue convalidado mediante Ordenanza del Concejo Deliberante Nº 3.937/14 y Decreto de promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.091/14;

 

             Que atento a la exigencia del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, resulta necesario convalidar el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local, como así también los Protocolos Adicionales de Difusión, Reclutamiento, Formación e Implementación, cumplimentando así con lo requerido por Fiscalía de Estado en el Expediente Nº 21.100-241.077/14, proveniente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires;

 

             Que por lo expresado en el tercer Considerando de la presente resulta imprescindible proceder a la modificación del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.937/14.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad,  resuelve sancionar la siguiente:

 

                                                      ORDENANZA

 

Artículo 1º :  Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza registrada bajo el Nº 3.937/14, el

- - - - - - - - -  que quedará registrado de la siguiente manera: “Convalídese el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local y los Protocolos Adicionales de Difusión, Reclutamiento, Formación e Implementación”, firmados entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Antonio de Areco.

 

Artículo 2º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                    B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-45 5190

                          http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.