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4160-16 - Programa Municipal de Becas

                                                                                 REGISTRADA BAJO EL Nº 4.160 / 16

 

VISTO:

              La necesidad de generar una herramienta económica para promover y fomentar las actividades deportivas, culturales y estudios terciarios y/o universitarios;   y

 

CONSIDERANDO:

 

              Que se hace necesario proceder a reglamentar el sistema de ayudas económicas e incentivos municipales para estudiantes, tanto para favorecer el devenir de estudios terciarios y/o universitarios, como para fomentar desarrollo de actividades culturales y deportivas;

 

              Que en este marco, también es necesario garantizar y asegurar igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia y reinserción al sistema educativo, a actividades deportivas y culturales;

 

              Que en pos de fortalecer la realización de la persona y la familia, en el marco de una comunidad que vaya incorporando mayores niveles de equidad, es imperioso implementar estrategias que atiendan fundamentalmente a los sectores de la población con mayor vulnerabilidad socio económica, estableciendo para ello un Programa de Incentivo totalmente transparente que no deje duda alguna sobre la implementación de dichas ayudas económicas;

 

              Que el otorgamiento de estos incentivos también facilita y hace posible a los deportistas amateurs a prepararse física y técnicamente para participar de eventos deportivos de alto rendimiento;

 

              Que, el deporte es uno de los medios que posibilita el crecimiento personal y económico de las personas que consiguen el  profesionalismo a través del esfuerzo;

 

              Que las actividades culturales en nuestra localidad se han promovido e incentivado desde la Municipalidad, siendo necesaria una herramienta más de fomento y apoyo a aquellas personas que realizan proyectos culturales.

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente:

 

                                                        ORDENANZA

 

TÍTULO 1 – CREACIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS

 

Artículo 1º :  Créase el “Programa de Becas Municipales para el incentivo del deporte, la

----------------   cultura y la educación superior”, con el fin de otorgar una ayuda económica mensual a aquellos ciudadanos de nuestra localidad que la requieran, para promover e incentivar los estudios terciarios y/o universitarios en San Antonio de Areco, así como para facilitar o posibilitar el mejor desempeño en deportes de alto rendimiento y en proyectos culturales que estimulen la creatividad y la investigación.

 / / /     2ª                                                                 REGISTRADA BAJO EL Nº  4.160 / 16

 

Artículo 2º :  A los fines de garantizar transparencia en el proceso de selección de los

----------------- beneficiarios de las becas, se constituirá una Comisión Evaluadora, integrada por el Secretario de Deportes, el Director de Cultura y el Director de Educación Superior del Departamento Ejecutivo Municipal, quienes deberán elevar la propuesta en consulta al Consejo Económico, Social y Ambiental (COESA), el cual dictaminará respecto de la misma en un plazo que no podrá exceder de 10 días corridos desde que se le de ingreso en dicho órgano.

 

Artículo 3º :  La beca se entregará semestralmente para los casos de becas culturales y

----------------   deportivas y por ciclo lectivo para el caso de becas de educación superior, constituyendo un beneficio personal e intransferible del becario.  Las becas consistirán en un monto mensual que se abonará al becario si fuera mayor de edad o, en caso contrario el adulto responsable del menor beneficiado. El becario podrá solicitar una prórroga por única vez, por igual período, debiendo para ello presentar un certificado analítico en el caso del beneficiario de educación superior o, en el caso de becas deportivas o culturales, un informe de situación suscripto por el funcionario municipal del área correspondiente.

 

Artículo 4º : Se realizará una preinscripción, la cual deberá ser solicitada en la Secretaría

----------------  o área de deporte, educación o cultura, correspondiente a la actividad que casa solicitante realice, adjuntando el formulario acompañado en el Anexo 1 y cumpliendo con los requisitos solicitados. La fecha de preinscripción quedará definida a criterio de la Comisión Evaluadora, debiéndose comunicar a la comunidad por todos los medios disponibles. En caso de extinción de alguna beca, quedarán los preinscriptos anteriormente sujetos a una nueva elección, suplantando al becario extinguido.

 

Artículo 5º :  Una vez finalizada la preinscripción, dada solicitud será evaluada por la

----------------  Comisión Evaluadora, transcurridos los 20 días hábiles de presentadas las solicitudes ante la Comisión, se deberá comunicar a cada solicitante la decisión tomada.

 

Artículo 6º : Crear la Partida Presupuestaria “BECAS MUNICIPALES” en cada Secretaría

----------------  correspondiente dentro del Presupuesto General de Gastos Municipales a partir del año 2017.

 

TÍTULO 2 – TIPOS DE BECAS

 

Artículo 7º :  El número de becas a otorgar en consideración al presupuesto de cada área

----------------   por cada tipo son las siguientes:

 

Beca Cultural: Orientada a promover la labor creativa de investigación y capacitación de los productores culturales de San Antonio de Areco

Se otorgarán 7 becas semestrales en los siguientes programas

-       Creación: para promover la producción creativa

-       Investigación: para apoyar el estudio de temas referidos a la cultura arequera

-       Perfeccionamiento: para fomentar y/o completar una capacitación específica.

                                                                                                                                           / / /

 

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Beca Deportiva: orientadas a promover las actividades deportivas que tengan injerencia en el ámbito regional, provincial y/o nacional.

Se otorgarán 7 becas semestrales.

 

Beca Educativa:  orientada a promover y sostener un estudio terciario y/o universitario en Instituciones locales públicas de estudio superior

Se otorgarán dos tipos de becas:

 

-       5 becas para la finalización de su carrera, a quién acredite un 75% de su carrera finalizada.

-       8 becas para realizar estudios superiores, universitarios y/o terciario locales.

-       5 becas para realizar estudios superiores, universitarios y/o terciarios en Instituciones Públicas, para aquellos estudiantes que realicen sus estudios en localidades vecinas, que residan en San Antonio de Areco.

 

El Departamento Ejecutivo Municipal determinará los montos que se otorgan anualmente a cada una de las becas, teniendo en cuenta la partida presupuestaria que se destine para tal fin.

 

TÍTULO 3 – REQUISITOS GENERALES y ESPECÍFICOS

 

Artículo 8 :  Los requisitos generales para acceder a una beca municipal son:

 

1.    Los solicitantes deberán tener 10 años de residencia en San Antonio de Areco

2.    Carta del solicitante especificando los fundamentos del porque y para que necesita dicha beca.

3.    Fotocopia del D.N.I. del solicitante, en que conste el domicilio actualizado.

4.    Constancia de CUIL del solicitante

5.    Declaración jurada ante el Juzgado de Paz, en la que deberá constar la conformación actualizada del grupo conviviente, ingresos mensuales obtenidos por el grupo conviviente, y beneficios sociales en el grupo conviviente, deberá presentar el certificado correspondiente.

6.    Informe socioeconómico realizado por una Trabajadora Social del Municipio.

7.    Presentar el formulario presentado en el Anexo 1 de la presente Ordenanza.

 

Artículo 9º :  Los requisitos específicos son:

 

1.       Para acceder a la Beca Cultural

·        Presentar un proyecto cultural desarrollado con objetivos generales y específicos y resultados esperados.

2.       Para acceder a la Beca Educativa

·        Constancia de inscripción y/o de alumno regular extendido por una Institución local pública de estudios superiores, universitarios y/o terciarios.

·        No ser beneficiario de Progresar PNBU (Programa Nacional de Becas Universitarias) y PNBU (Programa Nacional de Becas Bicentenario) / / /

/ / /  4ª                                                                     REGISTRADA BAJO EL Nº  4.160 / 16

 

3.        Para acceder a la Beca Deportiva

 

·        Acreditar su pertenencia a una Federación

·        Presentar Certificado de Rendimiento

·        Presentar los Palmares del Deportista

 

Artículo 10º:  La extinción del beneficio se producirá en los siguientes casos:

 

1-    Por desaparición de las causales que motivaran el otorgamiento

2-    Por abandono definitivo de sus estudios

3-    Por la falta de presentación en tiempo y forma de la documentación solicitada

4-    Por falseamiento de los datos requeridos

5-    Por muerte del Becario

 

Artículo 11º:  Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para reglamentar todos los

-----------------  aspectos complementarios y fundamentales que resulten necesarios para la ejecución del Programa de Becas Municipales.

 

Artículo 12º:  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                                                  http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.