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2796/2004-Prohibición de estacionamiento

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2796/2004

12.07.04

 

LEGISLATIVA

TRÁNSITO

PROHIBICIÓN

ESTACIONAMIENTO

 

VISTO:

La permanencia de automóviles abandonados, chocados y/o secuestrados por largos períodos en la vía pública, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, lo antes mencionado en diferentes oportunidades llega a entorpecer el libre tránsito y estacionamiento.

Que, esta situación genera dificultades para la tarea de limpieza de la calzada por parte de la Municipalidad.

Que, además estos vehículos generan un aspecto desagradable, en especial los siniestrados o chocados, como así también los abandonados.

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades prevé en el artículo 27, inciso 18 la facultad Municipal de reglar ésta cuestión.

 

Artículo 1°: Prohíbase a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza el estacionamiento en la vía pública del partido de San Antonio de Areco de vehículos chocados, abandonados y secuestrados por autoridad Policial, Judicial y/o Municipal.

Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo verificará las situaciones comprendidas en la presente Ordenanza, e intimará a los responsables de los vehículos a retirarlos en un plazo de cinco ( 5) días.

Artículo 3°: Transcurrido el plazo determinado en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo procederá a retirar los vehículos en función de lo determinado por el artículo 103, inciso 4 de la Ley 11.430 y la presente Ordenanza.

Artículo 4°: Queda prohibida la permanencia de más de dos (2) vehículos automotores estacionados, para la comercialización, en la vía pública.

Artículo 5°: Hágase conocer la presente a las autoridades policiales y viales de nuestro Partido.

 

Artículo 6°: Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.