2796/2004-Prohibición de estacionamiento
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2796/2004
12.07.04
LEGISLATIVA
TRÁNSITO
PROHIBICIÓN
ESTACIONAMIENTO
VISTO:
La permanencia de automóviles abandonados, chocados y/o secuestrados por largos períodos en la vía pública, y;
CONSIDERANDO:
Que, lo antes mencionado en diferentes oportunidades llega a entorpecer el libre tránsito y estacionamiento.
Que, esta situación genera dificultades para la tarea de limpieza de la calzada por parte de la Municipalidad.
Que, además estos vehículos generan un aspecto desagradable, en especial los siniestrados o chocados, como así también los abandonados.
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades prevé en el artículo 27, inciso 18 la facultad Municipal de reglar ésta cuestión.
Artículo 1°: Prohíbase a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza el estacionamiento en la vía pública del partido de San Antonio de Areco de vehículos chocados, abandonados y secuestrados por autoridad Policial, Judicial y/o Municipal.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo verificará las situaciones comprendidas en la presente Ordenanza, e intimará a los responsables de los vehículos a retirarlos en un plazo de cinco ( 5) días.
Artículo 3°: Transcurrido el plazo determinado en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo procederá a retirar los vehículos en función de lo determinado por el artículo 103, inciso 4 de la Ley 11.430 y la presente Ordenanza.
Artículo 4°: Queda prohibida la permanencia de más de dos (2) vehículos automotores estacionados, para la comercialización, en la vía pública.
Artículo 5°: Hágase conocer la presente a las autoridades policiales y viales de nuestro Partido.
Artículo 6°: Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.