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2905/2004-

ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2905/2004

20.11.04

 

LEGISLATIVA TRÁNSITO CAMIONES PROHIBICIÓN ESTACIONAMIENTO Y CIRCULACIÓN PLANTA URBANA

 

VISTO:

La Ordenanza Municipal Registrada bajo el N° 234 del 18 de Diciembre de 1984, el Decreto Municipal 798/69 y el Decreto Municipal del 5 de Mayo de 2003,

 

CONSIDERANDO:

El tránsito de los vehículos de carga es altamente peligroso para los habitantes de la localidad.

Que, las calles de la ciudad son estrechas para la circulación y/o maniobras de vehículos de gran porte.

Que, el peso de la carga transportada origina un gran deterioro en la cinta asfáltica.

Que, es necesario actualizar y/o unificar la normativa.

 

Artículo 1°: Prohíbase la circulación de camiones y/o equipos para transporte de carga general que no requiera cargar o descargar, en el sector urbano delimitado por las calles: bulevar Zerboni y Av. Quetgles; Av. Guiraldes y Av. Dr. Smith.

Artículo 2°: Exceptúase de lo dispuesto en el artículo anterior: En Av. Quetgles y Av. Guiraldes y Dr. Duran, Dr. Smith en toda su extensión y Av.

Guiraldes entre Av. Quetgles y Av. Smith.

A los vehículos que se encuentren prestando un servicio público, tales como: Bomberos Voluntarios, Municipalidad, Cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos, camiones atmosféricos, otros.

A los vehículos que transiten, por razones debidamente fundadas Ej. Reparaciones.

Artículo 3°: Establézcase como horario de carga y descarga en el sector delimitado por las calles Lavalle y Vieytes, Belgrano y Zapiola el siguiente:

De 23 a 10:30 horas.

De 13:30 a 16 horas.

Artículo 4°: Facúltase a la Dirección de Inspección General a realizar la señalización correspondiente.

Artículo 5°: Permítase la circulación de chasis sin acoplado cuando éste realice fuera del sector comprendido en el artículo 3° de la presente.

Artículo 6°: Exceptúase del horario dispuesto para las operaciones de carga y descarga, cuando esta se realice en vehículos utilitarios ( de hasta 3.500 kg de tara).

 

Artículo 7°: Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.