2905/2004-
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 2905/2004
20.11.04
LEGISLATIVA TRÁNSITO CAMIONES PROHIBICIÓN ESTACIONAMIENTO Y CIRCULACIÓN PLANTA URBANA
VISTO:
La Ordenanza Municipal Registrada bajo el N° 234 del 18 de Diciembre de 1984, el Decreto Municipal 798/69 y el Decreto Municipal del 5 de Mayo de 2003,
CONSIDERANDO:
El tránsito de los vehículos de carga es altamente peligroso para los habitantes de la localidad.
Que, las calles de la ciudad son estrechas para la circulación y/o maniobras de vehículos de gran porte.
Que, el peso de la carga transportada origina un gran deterioro en la cinta asfáltica.
Que, es necesario actualizar y/o unificar la normativa.
Artículo 1°: Prohíbase la circulación de camiones y/o equipos para transporte de carga general que no requiera cargar o descargar, en el sector urbano delimitado por las calles: bulevar Zerboni y Av. Quetgles; Av. Guiraldes y Av. Dr. Smith.
Artículo 2°: Exceptúase de lo dispuesto en el artículo anterior: En Av. Quetgles y Av. Guiraldes y Dr. Duran, Dr. Smith en toda su extensión y Av.
Guiraldes entre Av. Quetgles y Av. Smith.
A los vehículos que se encuentren prestando un servicio público, tales como: Bomberos Voluntarios, Municipalidad, Cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos, camiones atmosféricos, otros.
A los vehículos que transiten, por razones debidamente fundadas Ej. Reparaciones.
Artículo 3°: Establézcase como horario de carga y descarga en el sector delimitado por las calles Lavalle y Vieytes, Belgrano y Zapiola el siguiente:
De 23 a 10:30 horas.
De 13:30 a 16 horas.
Artículo 4°: Facúltase a la Dirección de Inspección General a realizar la señalización correspondiente.
Artículo 5°: Permítase la circulación de chasis sin acoplado cuando éste realice fuera del sector comprendido en el artículo 3° de la presente.
Artículo 6°: Exceptúase del horario dispuesto para las operaciones de carga y descarga, cuando esta se realice en vehículos utilitarios ( de hasta 3.500 kg de tara).
Artículo 7°: Derógase toda otra norma que se oponga a la presente.