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4243-17 - Creación Escuela Municipal de Música

                                                                               REGISTRADA BAJO EL Nº  4.243 / 17

 

VISTO:

             La importancia de estimular el acceso al aprendizaje de la música desde edades tempranas y de ensanchar el universo de conocimiento artístico y musical de los habitantes de San Antonio de Areco;   y            

 

CONSIDERANDO:

 

            Que la Dirección de Cultura tiene entre sus competencias la formulación y ejecución de las políticas destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas;

 

            Que la Dirección de Cultura tiene entre sus objetivos promover la inclusión y el acceso a la cultura;

 

            Que la Dirección de Cultura realizó un diagnóstico del contenido didáctico ofrecido por los distintos ámbitos educativos públicos de San Antonio de Areco en todo su territorio y que, generó éste proyecto de Escuela que estructura dichos contenidos, agregando los necesarios para poder ofrecer a los habitantes de San Antonio de Areco la formación musical, teórica y práctica, que les posibilite continuar sus estudios en Conservatorios Provinciales o Nacionales;

 

            Que en ámbito Municipal existe la Escuela Complementaria de Cultura, dentro de la cual funcionan distintos talleres dedicados a la enseñanza de música;

 

            Que en abril de 2017 se creó el Programa de Orquesta y Coro Municipal de San Antonio de Areco, destinado a la enseñanza de la música clásica a niños y jóvenes entre 6 y 18 años:

 

            Que existe en San Antonio de Areco la Escuela de Arte Nº 1, denominada “Gustavo Chertudi”, dependiente de la Provincia de Buenos Aires, que desde el año 2012 incorporó la modalidad de la Formación Básica de Música para jóvenes y adultos como formación propedéutica al profesorado de Educación Musical;

 

            Que resulta necesario sostener, ampliar y fortalecer las acciones que promueven oportunidades de acceso público y gratuito a aprendizajes y prácticas musicales con el propósito de igualar posibilidades, desde un enfoque inclusivo y de creación colectiva;

 

            Que contando con ésta estructura programática educativa el Municipio puede establecer convenios Instituciones nacionales y provinciales que posibiliten la continuidad educativa de alumnos de la Escuela, cuyos intereses y vocación se perfilen hacia un desarrollo profesional como músicos y docentes;

 

           Que tanto la Orquesta y el Coro Municipal que ya existe en funcionamiento, como los talleres de música municipales continuarán funcionando en el marco de la Escuela Municipal de Música, así como las posibles acciones transversales que se proyecten y planifiquen como Instituciones Educativas Municipales  Provinciales;                              / / /

 

/ / /  2ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.243 / 17

 

             Que con relación al nombre de la Escuela, es preciso resaltar que Loreto Mercado fue un poeta y cantor popular de San Antonio de Areco, fallecido en la década del 30, muy querido por el pueblo y destacado vecino y artista, que cuenta con un monumento en su honor en la Plaza Gómez.      

 

Por ello, el Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, por unanimidad, resuelve sancionar la siguiente :

                                                          ORDENANZA                                                       

                                                       

Artículo 1º :  Créase la Escuela Municipal de Música “Loreto Mercado”

 

Artículo 2º :  La Secretaría de Educación y Cultura será la autoridad de aplicación de la

---------------    Escuela Municipal de Música “Loreto Mercado”.

 

Artículo 3º :  Serán objetivos de la Escuela:

 

a)    Fomentar la práctica musical colectiva;

b)    Estimular el acceso al aprendizaje de la música desde edades tempranas;

c)    Ensanchar el universo de conocimiento artístico y musical de los participantes, profundizando tanto lo tradicional como las creaciones, géneros y modelos que el desarrollo cultural universal fue generando en sus diferentes etapas;

d)    Establecer dispositivos flexibles que favorezcan la incorporación de diferentes grupos etarios;

e)    Generar proyectos y estrategias que garanticen la inclusión a la educación musical de la población en general;

f)     Establecer jornadas de capacitación frecuentes para los docentes de la Escuela Municipal de Música;

g)    Organizar muestras periódicas de los participantes en espacios municipales y en otras localidades con las que el Municipio acuerde;

h)    Establecer Convenios con Instituciones Nacionales y Provinciales que posibiliten la continuidad educativa de alumnos de la Escuela cuyos intereses y vocación se perfilen hacia un desarrollo profesional como músicos y docentes;

i)     Proporcionar en éste último caso la preparación adecuada para acceder a dicho perfil de aprendizaje.

 

Artículo 4º :  Implementación. Para llevar adelante sus objetivos, la Escuela tendrá una

----------------  estructura basada en ensambles y agrupaciones conformadas por equipos docentes que tendrán la misión de enseñar en espacios de producción musical colectiva. La Escuela constará de espacios musicales permanentes y espacios musicales “ a término”. En el segundo caso, la dirección de la Escuela conjuntamente con las autoridades municipales evaluarán, con participación de los docentes, la necesidad de continuidad de los mismos o bien la realización de nuevos proyectos.

 

Artículo 5º : Destinatarios. Se aceptarán estudiantes desde los 6 años sin límite de edad.

 

Artículo 6º :  Equipos Docentes:                                                                                    / / /

 

/ / /  3ª                                                                      REGISTRADA BAJO EL Nº  4.243 / 17

 

a)    Los equipos docentes que se incorporen a los ya existentes, se conformarán a través de llamados a concurso. En todos los casos deberán presentar Curriculum Vitae y demostrar probidad a través de brindar clases, participar de un coloquio y demostrar, en caso necesario, nivel musical instrumental o de la disciplina en la que se postule.

b)    En el caso de los espacios de capacitación docente, se convocará a figuras destacadas de la enseñanza, la interpretación y la creación musical, a las cuales se seleccionará por sus antecedentes destacados;

c)    La contratación de los docentes se realizará en las modalidades que la normativa municipal vigente establezca, en relación a la dedicación que los docentes ejerzan en la escuela;

d)    El Departamento Ejecutivo designará un Director y un Vice-Director como autoridades de la Escuela.

 

Artículo 7º :  Espacios de funcionamiento.  La  Escuela  Municipal de Música contará con

----------------  espacios descentralizados para garantizar el acceso a la misma a todos los habitantes del Partido de San Antonio de Areco, tales como la Escuela de Arte “Gustavo Chertudi”, el Salón Municipal “Guerrico”, la Estación de Ferrocarril de San Antonio de Areco y salas a definir en Villa Lía, Vagues y Duggan.

 

Artículo 8º :  La creación de la  Escuela  de  Música  “Loreto Mercado”  no  se  encuentra

----------------  alcanzada por la normativa de la D.G.C. y E.

 

Artículo 9º :  De forma.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de San Antonio de Areco, a los veintiséis días del mes de julio del año dos diecisiete

                                                                                  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                               B. Mitre 390 – San Antonio de Areco – Tel. 02326-455190

 

                   http://www.areco.gob.ar/hcd/ - mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.